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Inicio Judiciales

En libertad los guardias de seguridad por caso de robo a camión de valores en parqueadero del C.C. Viva

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8 de febrero de 2022
en Judiciales
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La decisión fue apelada por el ente acusador y la defensa de las víctimas.

Durante el desarrollo de la audiencia de medida de aseguramiento contra los dos guardias de seguridad de la empresa Brinks, implicados en el robo ocurrido a un camión de valores en el parqueadero del centro comercial Viva, el juez luego de evaluar el material probatorio y argumentos de ambas partes, decidió decretar la libertad inmediata de ambos detenidos.

La audiencia se reanudó a las 8:30 de la mañana de este martes, donde quedaron en libertad, Dairon Valencia Mejía y Farid Samir Palencia Vargas, señalados por la Fiscalía de participar en el hurto del pasado 27 de enero a un vehículo de valores en el parqueadro del centro Comercial viva, al norte de Barranquilla.

Frente a este caso, el juez analizó el sistema dual mecánico en el que guardia y conductor deben bajar del vehículo y dejarlo “abandonado”, “Realmente deberían ser tres funcionarios o cuatro, pero deben ser más de dos, porque no se encargan de una actividad y no pueden encargarse al mismo tiempo del cuidado del vehículo y del recaudo del dinero. La empresa como tal, al reducir a un empleado para ese efecto, ese control que es lógico, debe haber una persona cuidando el vehículo porque ahí hay depositado valores y cualquier cosa puede ocurrir con respecto al vehículo”.

Así las cosas llevó a considerar el juez que esa responsabilidad no les corresponde a los guardias y tampoco se les puede exigir la posición de garantes del cuidado del vehículo, al tiempo que también trajo a recordar que en el año 2019 la empresa pasó por un hurto en condiciones similares, tras el cual le robaron $3.000 millones.

Audiencia Medida de Aseguramiento
Calidad de coautores de los imputados

Presunción de inocencia: Frente a esta imputación, el juez fue claro en señalar que no hay evidencias que demuestren que ambos guardias (Valencia y Palencia), hayan facilitado a otras personas la comisión del hurto, “Que ellos facilitaron el delito no hay elemento material probatorio porque el video muestra cuando estas personas bajan, entran al sitio y salen, es decir, que en el momento cuando se comente el hurto ellos no están ahí (…). Cómo puedo decir que ellos dejaron el carro abierto si existen unas llaves duplicadas, cómo se yo si al interior de la empresa está la verdadera organización que ella (la fiscal) señala, no puedo saberlo”, sostuvo el juez e indicó a la Fiscalía que las decisiones no se pueden tomar con base a suposiciones, pues bien es cierto que se puede suponer que los guardias son culpables, como también que los delincuentes están al interior de la empresa.

“Así como podemos suponer que ellos dejaron el carro abierto para que esas persona entraran, esas llaves también pudieron ser de funcionarios de la misma empresa que se vistieron así. La posible organización a la que se refiere la señora fiscal está al interior de la empresa ¿o es que aquellos también se pusieron de acuerdo para que se hurtaran los 3.000 millones de pesos? No le ve lógica este despacho”, indicó el juez.
Finalmente y a juicio del juez, considerando que para este caso no se da una pertenencia a una organización criminal.

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Tampoco considera el juez que los guardias representen un peligro para la empresa o que puedan obstruir la justicia, toda vez que la inferencia razonable de autoría o participación es “precaria”, por ello considerando que existió violación del debido proceso en cuanto a que no se incautó el automotor por parte de la Fiscalía, sino que fue llevado a las instalaciones de la BRINKS, el juez decidió:

“Teniendo en consideración lo antes afirmado y que no se da la situación antes planteada este despacho se abstiene de imponer medida de aseguramiento en contra del señor Farid Samir Palencia Vargas y a Dairon Augusto Valencia Mejía, por tanto, ordena su libertad inmediata“.

A su turno el ente acusador representado en la Fiscalía, apeló la decisión a lo cual se aunó el apoderado de la víctima, que para este caso sería la empresa BRINKS.

La fiscal Nivys Fernández señaló en su recurso de apelación en la intervención que ocurriendo los hechos a las 8:26, los guardias solo avisaron a la empresa hasta las 9:06, “tiempo suficiente para que los demás coautores estuvieran lejos” y añadió que “Cuando la Policía llega al lugar Dairon Augusto Valencia Mejía le dijo a los policiales, ‘tranquilo comando, no se han hurtado nada’ y es su compañero quien manifiesta ‘nos abrieron el carro’“.

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