Este 29 de junio entró en vigencia la Ley de Garantías 2023 con un conglomerado de restricciones para las administraciones públicas, como Gobernaciones y Alcaldías.
Recordemos que la Ley se activa previo a las elecciones de octubre de 2023, donde serán elegidos Gobernadores, Alcaldes, Diputados, Concejales y Ediles.
La Ley busca garantizar la igualdad de condiciones para los candidatos que reúnan los requisitos de ley; reglamentar la participación en política de los servidores públicos; regular las garantías de la oposición y establecer las prohibiciones en la época previa a las elecciones presidenciales, legislativas y territoriales.
Estas eson algunas de las restricciones de la Ley de Garantías:
– Celebrar convenios interadministrativos destinados a la ejecución de recursos públicos.
– Participar, promover o destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, o de las entidades en donde participen como miembros de sus juntas directivas, a reuniones de carácter proselitista.
– Inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos a Gobernación, Asamblea, Concejo o Alcaldías.
Tampoco podrán hacerlo cuando participen sus voceros, de acuerdo a lo establecido con la Ley.
– Autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas.
– Facilitar el alojamiento o el transporte de candidatos a cargos de elección popular o sus voceros.
– Modificar la nómina de la entidad.








