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Juez condenó a 17 años a integrante del ESMAD por disparar contra estudiante en protesta

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29 de abril de 2021
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Se trata del exagente del Esmad Néstor Rodríguez Rúa, quien fue condenado por un juez de la República a 17 años de prisión.

Lo anterior obedece a que el 1° de mayo de 2005, le disparó al joven estudiante Nicolás Neira en medio de protestas por el Día del Trabajo. Así lo decidió la jueza 18 penal de conocimiento de Bogotá sentenció a Rúa por abusar de sus funciones como policía, en un expediente de reúne encubrimientos oficiales y el exilio del padre de la víctima, Yuri Neira, quien explicó:

“Teniendo en cuenta la gravedad de la conducta, estima esta funcionaria imponer una pena de 208 meses de prisión, misma que se impone en razón a los daños probados, pues se terminó con la vida de una persona de corta edad, quien hasta ahora estaba formándose como un ciudadano para el efectivo goce de sus derechos. El ilícito se cometió con un arma que no estaba destinada a terminar con la vida de las personas”

Para la juez, el exagente Néstor Rodríguez Rúa, declarado responsable por homicidio en enero pasado, había recibido conocimientos sobre el uso del lanzagases truflay y, aún así, disparó en contra de la multitud.

El resultado, la muerte de Nicolás Neira, era una de las posibilidades, dado que el manual del arma indica que bajo ninguna circunstancia puede dispararse de manera frontal, como lo hizo Rúa. Debe hacerse de manera parabólica y con el objetivo de disuadir los protestantes y complementó la Juez que, “Su uso es dispersar la turba, nunca causar daños a la integridad personal o a la vida. El personal del Esmad debía ser tolerante respecto al uso de los derechos humanos, a pesar de que la multitud los incite. El acusado pasó por alto, no solo la instrucción dada en la Escuela donde fue formado para integrar la Fuerza Pública, si no las consignas esgrimidas cuando disparó el truflay en línea recta, en dirección a la turba que se envalentonó”.

Por su parte Yuri Neira y Alejandra Garzón, explicaron; “Nosotros acompañamos el contenido de la sentencia, pero en la situación que no estamos de acuerdo es la pena impuesta, porque la pena de homicidio está entre 17 años y 37 años. La juez se quedó en el cuarto mínimo que se le podía imponer, porque según ella no existen agravantes que concurran en el delito. No estamos de acuerdo que se haya mantenido en el mínimo del cuarto”.

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Así las cosas, la representación de víctimas espera que, apelando la decisión, la jueza pueda incrementar el monto de la condena de Néstor Rodríguez Rúa, argumentación que deberá presentar en los próximos cinco días. Asimismo, el abogado Jaime Eduardo Díaz, defensor del exagente de la Fuerza Pública condenado, interpuso el mismo recurso, quizás esperando una rebaja de pena o algún tipo de atenuante de la sentencia. En todo caso, en segunda instancia, otro juez evaluará ambas propuestas.

“Pensamos que la sentencia es buena en términos de contenido porque advierte la forma en la que Rúa acciona el arma de dotación de truflay, además, logra visualizar que el delito de Nicolás Neira fue encubierto y habla con claridad de que quien da esa orden es Fabián Mauricio Infante, hoy hallado responsable por el delito de encubrimiento. La juez le da total convencimiento al testimonio que da Julio César Torrijos Devia”, agregó Alejandra Garzón.

De hecho, Julio César Torrijos Devia es quien tiene en la lona a Néstor Rodríguez Rúa y contra las cuerdas al mayor en retiro Fabián Mauricio Infante, hallado responsable por encubrimiento el pasado 26 de marzo.

Torrijos Devia, quien era subalterno de Infante, comandante del Esmad aquel fatídico 1° de mayo, reveló en interrogatorio con la Fiscalía que Rodríguez Rúa le había disparado en la cabeza a Nicolás Neira y, luego, Infante ordenó armar toda una puesta en escena ante la Procuraduría, Fiscalía y los medios de comunicación.

Nicolás Neira, quien murió en la clínica Salud de la calle 104 con autopista norte, recibió un disparo que le generó una fractura de 26 cm desde la nuca hasta la sien. Durante días, integrantes de la Policía dijeron que el joven de 15 años se había tropezado en pleno centro de Bogotá, para luego caer de cabeza en un bolardo. Mentira. “Encubrí los hechos que se presentaron al decidir cumplir la orden de mi mayor Infante, de no haber dicho las cosas ante las autoridades disciplinarias y penales (…) me dijo que dejara eso así”, dijo Torrijos, el 23 de febrero de 2017.

Frente a esto, Torrijos Devia aceptó responsabilidad por encubrimiento y, en 2017, fue condenado a cuatro años de prisión. Pagó su sentencia en una cárcel de Tolima, hasta que fue cobijado con un decreto de excarcelación el año pasado. Entretanto, hay una vibrante batalla desde lo judicial en el expediente del mayor (r) Infante, quien el pasado 26 de marzo fue declarado culpable por el delito de encubrimiento, por el Juzgado Noveno Penal de Conocimiento de Bogotá. Se supone que el próximo 4 de mayo conocerá el monto de su condena, pero a su abogado le salió una jugada al último minuto.

Mientras el expediente por encubrimiento de Infante está a punto de extinguirse por vencimiento de términos -podría quedar libre de toda culpa a pesar de haber sido declarado culpable-, el abogado Oswaldo Rodríguez, representante del mayor en retiro, envió un memorial a Justicia Penal Militar para que el expediente aterrizara en esa jurisdicción. Aunque la petición es de septiembre, el memorial fue resuelto recién el pasado 6 de abril por el juez -y coronel- José Abraham López, quien pidió al Juzgado Noveno Penal de Conocimiento de Bogotá suspender todo pronunciamiento, cuando solo queda el último paso y con los segundos contando para que precluya el caso.

De acuerdo con una fuente que conoce y trabaja en la Justicia Penal Militar, el juez militar López no actuó de mala fe, dado que recién se posesiona en su oficina y no es culpa suya que la solicitud del abogado estuviera pausada por meses. Sin embargo, la abogada Alejandra Garzón considera lo contrario y denunció al funcionario judicial por el delito de prevaricato por acción, es decir, por actúa en contra de lo que indica la ley. La denuncia también se radico contra el abogado de Infante, quien solicitó conflicto de competencias, “conociendo el avance del proceso y sin alegar nulidad durante el juicio”.

D.A.

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