Este martes 27 de agosto el Tribunal Superior de Bogotá ha negado la nulidad en el caso contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos, lo que significa que el juicio en su contra seguirá adelante.
La decisión emitida por el magistrado Manuel Antonio Merchán, concluyó que no había fundamento legal para aceptar la nulidad solicitada por la defensa.
El abogado Jaime Granados, defensor de Uribe, había argumentado que existían errores procesales y que el tribunal debía considerar el caso bajo la figura de “dolo eventual” en lugar de “dolo directo”. Sin embargo, la decisión del tribunal reafirmó que la acusación contra Uribe se mantiene bajo el concepto de dolo directo.
Según el magistrado Merchán, “como del contenido de la indagatoria y del acto complejo de la acusación no se predicó por la defensa alguna fuente de discrepancia con relación a la condición de determinador atribuida a Álvaro Uribe Vélez, no tiene objeto entrar a analizar el contenido de las sentencias de la Corte en materia de controversia en sede de primer grado”. En otras palabras, la defensa no logró demostrar que hubiera fallos en el proceso que justificaran una anulación.
El dolo directo, en este contexto, significa que se considera que Uribe actuó con la intención deliberada de cometer el delito de manipulación de testigos. Esto contrasta con el dolo eventual, que implica que una persona podría haber previsto el resultado delictivo, pero no actuó con la intención directa de causarlo. Según la Fiscalía, la evidencia presentada respalda la acusación de dolo directo, una postura que fue confirmada por el tribunal.
El magistrado Merchán continuó: “En consecuencia, al no haberse demostrado y validado los fundamentos de derecho que, a la vez, permitieran la revisión de los fundamentos de hecho que refiere la defensa en uso del recurso de apelación para constatar una afectación del debido proceso en las garantías de los derechos de defensa y contradicción, exime al Tribunal de dar por desplantada la concurrencia de tal principio”. Es decir, el tribunal encontró que no había motivos suficientes para considerar que se habían violado los derechos de defensa de Uribe.