El Gobierno Nacional avanza en los procesos para implementar el cobro de valorización a los predios ubicados en la zona de influencia de la Vía al Mar y la Circunvalar de la Prosperidad, según lo establece una resolución expedida por el Instituto Nacional de Vías (Invías) el pasado 11 de diciembre.
La medida define los topes de pago para los predios afectados por este tributo, los cuales se calcularán en función del impuesto predial. Se había anticipado que este valor podría ser hasta tres veces el impuesto predial.
De acuerdo con los lineamientos de Invías, los predios habitacionales de estratos 1, 2, 3 y 4, así como los de uso institucional, tendrán un tope de pago equivalente a una vez el impuesto predial bruto (sin incluir tasas, exenciones u otros valores diferenciales).
En el caso de los predios habitacionales de estratos 5 y 6, el límite será de hasta dos veces el impuesto predial. Por otro lado, los predios con usos distintos al habitacional e institucional deberán asumir un máximo de tres veces el valor del impuesto predial.
Según la resolución, “el tope de capacidad de pago será el menor valor entre lo determinado en el estudio de capacidad de pago realizado por el sujeto activo y el tope estimado del impuesto predial unificado para cada predio en las ciudades y municipios de la zona de influencia”.









