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MinTransporte expidió nuevas resoluciones para el reporte de información del Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y la modificación de aspectos en la categorización de vías

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25 de enero de 2025
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MinTransporte expidió nuevas resoluciones para el reporte de información del Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y la modificación de aspectos en la categorización de vías
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  • La resolución No. 20243040058145, del 29 de noviembre de 2024, adopta la metodología general para reportar la información que conforma el Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras, SINC, entre otras disposiciones.
  • La implementación de esta nueva metodología permitirá contar con un inventario detallado, segmentar la malla vial entre puntos de referencia y utilizar polígonos para representar ciertos activos de infraestructura.
  • Avanzamos en el proceso de categorización de la red vial nacional, que consiste en la aplicación de criterios como funcionalidad, tránsito promedio diario, diseño geométrico de la vía y población de los tramos.

El Ministerio de Transporte expidió la normativa que permite ajustar la metodología para la caracterización de las vías nacionales y el reporte al Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras – SINC. De esta manera, se contará con un inventario detallado, asimismo, la segmentación de la malla vial entre puntos de referencia (PR) y el uso de polígonos para representar ciertos activos de infraestructura. Esto facilitará la comparación de datos que incidan en la toma de decisiones y la planificación.

“Son responsables del reporte de la información al SINC, bajo los lineamientos de la metodología, el Instituto Nacional de Vías – Invías, el Instituto Nacional de Vías Regionales – Invir, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, los departamentos, municipios y distritos especiales. Esta debe ser presentada a la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte antes del 30 de diciembre de 2025”, indicó el viceministro de Infraestructura, Jorge Enrique Ramírez.

Las capas geográficas para reportar en el SINC tendrán diferentes niveles de detalle:

  • Básico: para la red vial de segundo y tercer orden no concesionada, conformado por 9 capas.
  • Detallado: para la red vial de primer orden (concesionada y no concesionada), así como para la de segundo y tercer orden concesionada, de 18 capas.

Ministerio de Transporte expidió nuevas resoluciones para el reporte de información del Sistema Integral Nacional de Información de Carreteras y la modificación de aspectos en la categorización de vías

El proceso de categorización se realiza mediante la matriz adoptada por el Ministerio de Transporte, la cual asigna una categoría a cada vía teniendo en cuenta la funcionalidad, el tránsito promedio diario, diseño geométrico y población de los tramos. A partir de esta clasificación, se podrá aplicar lo establecido en la Ley 1228 de 2008, particularmente lo relacionado con la determinación de la faja de retiro obligatorio, conforme a las características y necesidades de cada corredor.

“En aras de realizar una planificación y gestión vial efectiva, resulta indispensable contar con información precisa y detallada sobre la red vial. La categorización es fundamental, ya que establece una base sólida para la planificación, facilita la identificación de las características de cada vía, al tiempo que es clave en la toma de decisiones de inversión, que mejoren la movilidad y optimicen los recursos en beneficio de la conectividad y el desarrollo regional”, precisó el viceministro de Infraestructura.

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Por otro lado, es una obligación de las entidades adscritas a la nación, tales como Invías, ANI, así como las gobernaciones, municipios y distritos, reportar al Ministerio de Transporte la información correspondiente sobre las vías que están a su cargo. Este proceso es esencial para garantizar una adecuada gestión y planificación de la infraestructura. El plazo máximo para remitir la información es el 24 de julio de 2027.

Con esta nueva resolución avanzamos en la Política de Eficiencia Administrativa y Cero Papel en la Administración Pública, en tanto que toda la información será enviada de manera digital.

Cualquier inquietud relacionada con la resolución No. 20243040058145 y el anexo metodológico y la resolución No. 20243040063325, puede contactarse con los grupos de Política y Seguimiento, y de Apoyo a las Regiones, de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte, a través del correo electrónico [email protected]

Las      resoluciones    en        mención          pueden            consultarse     en        el         siguiente          link: https://mintransporte.gov.co/loader.php?lServicio=Normatividad&lFuncion=Actos

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