La Procuraduría General de la Nación, a través de la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia de la Función Pública, en ejercicio de su función preventiva, exhortó a las administraciones municipales de Ricaurte (Cundinamarca), Candelaria (Valle del Cauca), Girardota y La Estrella (Antioquia) por incumplir la obligación legal de determinar el número de curadores urbanos que requieren en su jurisdicción, previo concepto favorable del Ministerio de Vivienda.
En el marco de la vigilancia preventiva, el Ministerio de Vivienda informó que, desde 2019 y pese a múltiples requerimientos, dichos municipios no han remitido los insumos técnicos necesarios para que la entidad emita el concepto favorable y se proceda con la creación de las curadurías urbanas.
Este incumplimiento afecta la planeación territorial, mantiene una carga operativa indebida en las secretarías de planeación, genera demoras en los trámites urbanísticos y priva a los municipios de beneficios como la agilización de procesos, reduciendo la eficiencia y aumentando los riesgos operativos y de corrupción en la gestión urbanística.
Adicionalmente, la Procuraduría hace seguimiento a la implementación de la figura del curador urbano en Chía (Cundinamarca) y Jamundí (Valle del Cauca), municipios que ya cuentan con resolución favorable del Ministerio de Vivienda para iniciar el concurso de méritos que permita su posterior designación por la Superintendencia de Notariado y Registro, pero que aún no han adelantado dicho concurso.
La Entidad recordó que el incumplimiento injustificado de esta obligación puede derivar en responsabilidades disciplinarias para los servidores públicos, conforme a lo previsto en la Ley 1952 de 2019.