La magistratura tumbó la condena de 12 años de casa por cárcel y declaró ilícitas las “chuzadas” hechas por la Corte Suprema en 2018.
El Tribunal Superior de Bogotá absolvió este martes al expresidente Álvaro Uribe Vélez en el proceso por presuntos sobornos a testigos y fraude procesal, revocando la condena de 12 años de prisión domiciliaria impuesta en primera instancia.
En la decisión, los magistrados Manuel Antonio Merchán (ponente), Alexandra Ossa y Leonor Oviedo concluyeron que no se probó que Uribe, a través de su abogado Diego Cadena, hubiera ofrecido dádivas a los exparamilitares Carlos Enrique Vélez (alias Víctor) y Eurídice Cortés (alias Diana).
El Tribunal también declaró ilegales las interceptaciones telefónicas que la Corte Suprema de Justicia realizó en 2018, al considerar que “vulneraron el derecho a la intimidad” del entonces senador, ya que las escuchas no estaban dirigidas a él sino al excongresista Nilton Córdoba.
“No hay prueba de subordinación funcional ni de que el contrato de mandato penal implicara obediencia penalmente relevante. Las interceptaciones muestran que Cadena informaba sobre gestiones ya realizadas, sin indicios de presión o inducción delictiva por parte del acusado”, afirmó el magistrado Merchán.
Asimismo, el Tribunal determinó que la jueza de primera instancia introdujo hechos ajenos a la acusación, vulnerando el principio de congruencia y el derecho a la defensa.
La decisión incluye además una compulsa de copias contra alias “Víctor” por presunto falso testimonio, al considerar que sus declaraciones no fueron veraces.
La defensa del expresidente celebró el fallo, mientras que se prevé que la parte afectada interponga recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia, que deberá decidir si lo admite o no.
Con esta determinación, Uribe queda absuelto de los cargos de soborno y fraude procesal, y se reafirma que las pruebas centrales del caso —las interceptaciones— no pueden ser utilizadas por haber sido obtenidas de forma ilícita.