La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) salió al paso este jueves a la polémica generada en torno a las obligaciones tributarias de Reficar (Refinería de Cartagena) y otras empresas del sector de combustibles, tras versiones sobre supuestos embargos de cuentas.
En un comunicado oficial emitido este 7 de noviembre, la entidad aclaró que no ha decretado medidas cautelares ni procesos de cobro coactivo contra ninguna empresa importadora de gasolina o diésel.
No obstante, la DIAN ratificó que las importaciones de combustibles están gravadas con una tarifa de IVA del 19%, en línea con los conceptos 010763 de 2024 y 08922 de 2025, disponibles en su normograma oficial.
La autoridad tributaria recordó que, desde la Ley 1819 de 2016, tanto la gasolina como el ACPM están sujetos al impuesto al valor agregado, y que los importadores deben declarar, liquidar y pagar los tributos aduaneros al momento de nacionalizar estos productos.
Asimismo, precisó que desde 2017 los minoristas pagan IVA al adquirir combustibles, por lo que los importadores pueden descontar el IVA pagado en importación, conforme al artículo 488 del Estatuto Tributario.
La DIAN confirmó que mantiene abiertas investigaciones sobre las declaraciones de importación de combustibles presentadas bajo distintos regímenes, con el fin de verificar la correcta liquidación de aranceles e IVA. Dichos procesos —asegura la entidad— se adelantan con reserva legal y respeto al debido proceso.
Finalmente, el organismo reiteró que su objetivo es garantizar el cumplimiento tributario y aduanero en todos los sectores, contribuyendo así a la seguridad fiscal y la competitividad del país.










