El Juzgado Primero Civil Municipal de Oralidad de Barranquilla declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Andrea Vargas contra el concejal Recer Lee Pérez, a quien señaló de vulnerar sus derechos al buen nombre, honra, dignidad humana y rectificación, tras las afirmaciones públicas hechas por el cabildante luego de la consulta interna del Pacto Histórico.
En su decisión, el despacho judicial indicó que las manifestaciones de Pérez se enmarcan en un debate sobre posibles injurias o calumnias, cuya discusión no corresponde a la jurisdicción de tutela. Según el fallo, este mecanismo constitucional es de carácter residual y solo procede cuando no existen otros medios de defensa judicial disponibles.
“Las afirmaciones realizadas entran en la esfera de presuntas injurias y/o calumnias, que en sede de tutela no sería el escenario idóneo para acreditar, por cuanto la acción de tutela es un mecanismo residual”, señaló el juzgado. Añadió que Vargas no acudió previamente a medios judiciales como la denuncia penal por injuria y calumnia, ni demostró la existencia de un perjuicio irremediable.
En consecuencia, el despacho declaró improcedente la tutela, aclarando que la decisión no se debe a la irrelevancia del conflicto, sino al deber de agotar previamente las vías judiciales ordinarias.
El caso tiene origen en declaraciones de Recer Lee Pérez, quien divulgó presuntos apoyos políticos recibidos por Antonio Bohórquez y Andrea Vargas durante la consulta del Pacto Histórico. El concejal afirmó que Bohórquez habría contado con el respaldo del secretario general de la Gobernación del Atlántico, Pedro Lemus, y de Andrés Rengifo, así como del conjunto de concejales del Distrito.
Pérez también aseguró que Andrea Vargas habría sido apoyada por el exsenador Eduardo Pulgar, condenado por corrupción.
En la consulta interna, Jaime Santamaría resultó ganador sobre Bohórquez y Vargas en el Atlántico, en la contienda por la candidatura a la Cámara de Representantes.









