Una saga legal en torno a la propuesta de reforma del Artículo 29 del Estatuto General de la Universidad del Atlántico (UDELA) ha concluido, con un juez declarando el caso “superado por los acontecimientos” después de que el Consejo de la Universidad aprobara los cambios.
El caso se centró en una acción de “tutela” presentada por Angely Loraine Díaz Cordero, la principal representante estudiantil en el Consejo Superior de la Universidad (CSU).
Díaz Cordero argumentó que el Consejo había estado retrasando indebidamente el debate y la aprobación de su propuesta de reforma, que permitiría la reelección del Rector de la Universidad. Afirmó que esto violaba sus derechos al debido proceso, la igualdad y la participación política.
Los procedimientos legales involucraron múltiples intervenciones, incluyendo al Procurador General de la Nación, el Ministerio de Educación Nacional (MEN), el Gobernador del Atlántico y los representantes de la República Colombiana.
El conflicto legal se complicó por múltiples recusaciones (impugnaciones a la imparcialidad de los miembros del consejo), acciones legales e incluso la intervención de otro tribunal en un caso relacionado. En un momento dado, las órdenes judiciales suspendieron ciertas reuniones y procedimientos, lo que aumentó los retrasos.
La Universidad argumentó que siguió los procedimientos internos adecuados, que exigen dos debates separados para cualquier cambio en el estatuto.
El Ministerio de Educación también intervino, alegando que la acción legal era un intento de forzar decisiones sobre asuntos aún bajo deliberación interna dentro de la Universidad y que los procedimientos estaban en conflicto con las órdenes judiciales.
Sin embargo, se reveló que el CSU había adoptado la reforma mediante el Acuerdo No. 000021, de fecha 25 de junio de 2025. El acuerdo modificó el párrafo 29 y lo publicó, lo que permitió la reelección del Rector.
A la luz de este resultado, el Juzgado Noveno (009) de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Barranquilla declaró la acción de tutela sin objeto, o como se indica en los documentos judiciales, “HECHO SUPERADO”.
El juez, Miguel Angel Trespalacios Arteaga, reconoció que, si bien ha habido retrasos y desafíos, el CSU finalmente abordó el tema a través de medios institucionales, cumpliendo con las principales preocupaciones planteadas por Díaz Cordero. El fallo enfatizó la autonomía de la Universidad al tiempo que reafirmó la necesidad del debido proceso y los principios democráticos.