El Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por los exaspirantes Álvaro González, Wilson Quimbayo y Danilo Hernández, quienes solicitaban suspender la designación de Leyton Daniel Barrios Torres como rector de la Universidad del Atlántico para el período 2025–2029.
Los demandantes argumentaban presuntas irregularidades en la verificación de requisitos durante el proceso de elección, pero el juez Edgardo Manuel Atencio Royero determinó que la tutela no era el mecanismo adecuado para impugnar actos administrativos de carácter electoral, ya que existen vías ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para ese tipo de reclamaciones.
En el fallo también se hizo referencia a la Resolución No. 02 del 7 de noviembre de 2025, mediante la cual el Comité Electoral de la Universidad declaró la nulidad de la elección; sin embargo, el juez aclaró que ese acto no fue objeto de análisis dentro del proceso, por lo que su validez deberá resolverse a través de los canales judiciales ordinarios.
Con esta decisión, el juzgado ratificó la validez de la designación y posesión de Barrios Torres, realizada el pasado 27 de octubre por el Consejo Superior Universitario, y reiteró el principio de autonomía universitaria y la estabilidad institucional de la Universidad del Atlántico.










