El Tribunal Administrativo del Atlántico declaró la nulidad del Acuerdo Metropolitano 003 del 4 de septiembre de 2020, mediante el cual se le otorgaban funciones de autoridad ambiental al Área Metropolitana de Barranquilla en varios municipios del departamento.
La decisión, en fallo de primera instancia, se produjo dentro de una acción de nulidad interpuesta por el ciudadano Leonardo Enrique Flórez Osorio, quien cuestionó la legalidad del acto administrativo.
El acuerdo permitía al Área Metropolitana ejercer funciones ambientales en Barranquilla, así como en los municipios de Soledad, Malambo, Puerto Colombia y Galapa.
Según el demandante, el acto estaba viciado por “falsa motivación, desviación de poder” y por ser contrario a la Constitución y la ley. Además, argumentó que la entidad no podía incluir a Barranquilla dentro de su competencia ambiental y que esto impactaba la distribución de recursos, al absorber parte de la sobretasa ambiental destinada a la autoridad regional.
Pese a que el Área Metropolitana de Barranquilla defendió que su rol como autoridad ambiental venía desde 2001 y que el acuerdo solo ratificaba esa condición, el Tribunal concluyó que el acto debía ser anulado.
La decisión reabre el debate sobre quién debe ejercer las funciones ambientales en el área metropolitana y el manejo de los recursos destinados a la protección ambiental en el Atlántico.
El fallo aún puede ser objeto de apelación, por lo que el caso no está completamente cerrado.








