La elección de Iván Cepeda como senador y de Aida Quilcué como representante a la Cámara, curules obtenidas en virtud del Estatuto de la Oposición tras las elecciones presidenciales, quedó en el centro de una disputa jurídica luego de que fuera presentada una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado.
La acción judicial solicita dejar sin efectos los actos administrativos que oficializaron sus elecciones al Congreso, argumentando presuntas irregularidades que habrían afectado la libertad del voto durante la segunda vuelta presidencial.
Según el documento radicado, de 111 páginas, la demanda se sustenta en la causal primera del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), relacionada con la presunta afectación de la voluntad de los electores por hechos de constreñimiento.
Los demandantes sostienen que existen elementos que, a su juicio, permiten inferir una posible incidencia de grupos armados ilegales sobre el comportamiento electoral en determinadas regiones del país. Entre los argumentos expuestos figuran incrementos atípicos en la votación, concentraciones inusualmente altas de sufragios a favor de una misma candidatura y variaciones que, según el escrito, se apartan de las tendencias históricas registradas en esos territorios.
La demanda también cita un informe, elaborado por el Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga (ICP), el cual identificó que en 593 mesas ubicadas en Chocó, Nariño, Cauca y Valle del Cauca la participación electoral aumentó entre la primera y la segunda vuelta hasta en un 364 %.
El director del ICP, Carlos Chacón, manifestó que, aunque es normal que la participación crezca entre ambas jornadas electorales, considera llamativo que en varios puestos de votación el incremento coincidiera con una concentración superior al 97 % de los votos en favor de la fórmula encabezada por Iván Cepeda.
Cepeda y Quilcué aceptaron las curules de oposición el pasado 24 de junio, una vez concluyó oficialmente el escrutinio nacional. Ahora será el Consejo de Estado el encargado de estudiar la demanda y determinar si existen méritos para iniciar el proceso que podría afectar la validez de sus elecciones. La presentación de la acción judicial no implica, por sí sola, que las curules pierdan su vigencia ni constituye una decisión sobre el fondo del caso.









