En sesión plena el Consejo Nacional Electoral determinó aplazar para una fecha por definir, la votación de la ponencia por medio de la cual los magistrados Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz solicitaron formulación de cargos al presidente de la República por presunta financiación con fuentes prohibidas y violación de topes de gastos.
En el escrito de la ponencia que ha generado polémica, se habla de que presuntamente se habrían ocultado más $6 mil millones de pesos no reportados, mientras que supuestamente se habrían superado los topes por más de $5 mil millones.
La decisión de posponer la votación se dio con el propósito de rotar el expediente y que cada magistrado individualmente tenga la oportunidad de estudiar la ponencia, para lograr que la votación se pueda llevar a cabo con celeridad.
El aplazamiento de la decisión también se da después de que a través de un fallo el Consejo de Estado reiterara que el Consejo Nacional Electoral si es competente para investigar a la campaña del actual jefe de Estado Gustavo Petro Urrego.
Dicha determinación se dio al resolver un conflicto positivo de competencias entre el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Acusaciones de la Cámara.
En el documento se ordenó “declarar competente al Consejo Nacional Electoral, para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, en las cuales fungió como candidato el ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego e imponer las sanciones administrativas correspondientes, si ha ello hay lugar”.
En el segundo punto, el Consejo de Estado ordenó declarar competente al Congreso de la República para decidir sobre la eventual sanción de pérdida del cargo del presidente de la República, “de manera autónoma y según el procedimiento contemplado para las investigaciones y juicios por indignidad política, en los términos del artículo 21 de la Ley Estatutaria 996 de 2005, cuando de la investigación adelantada por el Consejo Nacional Electoral por irregularidades en la financiación de la campaña presidencial 2022- 2026 proceda la referida sanción”.
Cabe recordar, que en el mes de mayo, cuando se conoció la ponencia, el presidente Petro aseguró que se trataba de una “arbitrareidad”, ya que “una instancia administrativa formula cargos al presidente de la República. Es una abierta ruptura constitucional”, explicó en su momento.
“La democracia entra en emergencia. A los colombianos progresistas en el exterior iniciar las campañas en el mundo contra el golpe de estado en Colombia”, fueron las palabras de Petro Urrego.
El jefe de Estado también aseguró que “ni un gasto en testigos electorales que hagan partidos en cuidar los votos ya depositados es un acto de campaña, al contrario es un derecho y una obligación ciudadana. La campaña por ley termina antes del día de elecciones”, aclaró.
Por su parte, Mauricio Pava abogado del presidente Petro, aseguró que se trataba de un “error” jurídico.