La Ley 46 de 2025 entra en vigencia este año y establece nuevas condiciones para el uso de motos eléctricas en Colombia, con el objetivo de regular estos vehículos y fortalecer la seguridad vial en el país.
En los últimos años, las motos eléctricas han ganado popularidad como una alternativa de movilidad sostenible, especialmente en las principales ciudades del país. Sin embargo, la ausencia de una regulación clara generaba vacíos en el control y cumplimiento de las normas de tránsito.
Con la nueva ley, los conductores de motos eléctricas deberán cumplir requisitos similares a los de motocicletas de combustión:
- Contar con licencia de conducción categoría A1.
- Tener vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
- Mantener al día la revisión técnico-mecánica del vehículo.
- Utilizar elementos de protección personal, incluyendo casco certificado, guantes y chaqueta reflectiva.
La normativa también prevé que los fabricantes y distribuidores cumplan con estándares de seguridad para las motos eléctricas, así como etiquetado claro sobre la capacidad de batería, autonomía y potencia del motor.
Las autoridades de tránsito recuerdan que estas medidas buscan proteger a los conductores y peatones, promover una movilidad más responsable y garantizar que el crecimiento de los vehículos eléctricos se haga bajo un marco legal seguro y sostenible.









