El abogado Alejandro Sánchez Cerón presentó ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) una manifestación formal de impedimento para actuar como conjuez en el proceso que definirá si el senador Iván Cepeda podrá participar en la consulta interpartidista del 8 de marzo, convocada por el movimiento Frente por la Vida.
La decisión ahora queda en manos de los magistrados del CNE, quienes deberán estudiar y pronunciarse sobre la procedencia del impedimento antes de avanzar en la votación definitiva del caso.
Sánchez Cerón, quien ha sido identificado como representante del Centro Democrático, estuvo vinculado en el pasado a la defensa del expresidente Álvaro Uribe Vélez, en un proceso judicial en el que Iván Cepeda figuró como contraparte, circunstancia que motivó la declaración de impedimento. Además, el abogado también hizo parte de la defensa del empresario Emilio Tapia, condenado en el escándalo del carrusel de la contratación.
De aceptarse el impedimento, la labor de conjuez recaería en Manuel Antonio Avella, cercano al Partido Liberal. Como tercera alternativa aparece Gustavo Martín Coral, vinculado al partido Colombia Justa Libres.
La definición del caso es clave, ya que la Sala Plena del CNE se encuentra dividida. En una votación previa, el resultado fue cinco votos contra cuatro en contra de permitir la participación de Cepeda en la consulta, pero para que la decisión quede en firme se requiere una mayoría calificada de seis votos.
En este contexto, medios de alcance nacional informaron que el magistrado Altus Baquero habría cambiado recientemente su postura y votado a favor de que el precandidato del Pacto Histórico pueda participar en la consulta interpartidista, lo que podría inclinar la balanza.
La ponencia actualmente en discusión sostiene que Iván Cepeda sí puede hacer parte de la contienda, al considerar que su participación en la consulta del año anterior no tuvo carácter interpartidista, argumento central del debate jurídico.
Además de Cepeda, el Frente por la Vida está integrado por Roy Barreras, Camilo Romero, Juan Fernando Cristo y Diana Osorio, esposa del exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle.
La decisión final del CNE marcará un precedente clave sobre la interpretación de las normas electorales y la participación de los precandidatos en consultas interpartidistas de cara al calendario político de 2026.









