El Consejo de Estado dejó en firme la designación de Sebastián Camilo Guanumen como embajador extraordinario y plenipotenciario de Colombia en Chile, al considerar que sí cumplía con los requisitos de experiencia exigidos para el cargo. Pese a no pertenecer a la carrera diplomática, la alta corte explicó que este tipo de cargos corresponde a libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República.
La decisión responde a una demanda que cuestionaba la legalidad de su nombramiento por supuesta falta de idoneidad, pero el tribunal concluyó que Guanumen acreditó trayectoria suficiente y que su vinculación no vulnera el marco normativo vigente para el servicio exterior.
Anulan nombramiento de cónsul en Cancún
En contraste, el Consejo de Estado confirmó la nulidad del nombramiento de María Soledad Garzón como cónsul de Colombia en Cancún, México, fallo que ratifica una decisión previa del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
El argumento central es que Garzón no pertenece a la carrera diplomática, y para ese cargo específico sí existían funcionarios de carrera elegibles que debieron ser priorizados, tal como lo establece la normativa sobre el servicio exterior y los principios de mérito y carrera administrativa.
Con esta decisión, se sienta un precedente que distingue claramente entre los cargos de libre nombramiento, como los embajadores, y aquellos que deben ser asignados a través de carrera diplomática, como los consulados.