El ministerio de Trabajo, en cabeza de Gloria Inés Ramírez, radicó la ponencia de la reforma laboral, una de las banderas del gobierno de Gustavo Petro, porque busca, según ellos, dignificar el trabajo y formalizarlo.
Uno de los principales puntos que tiene el proyecto de ley está en el Artículo 46, (consulte aquí el texto final) en el que se establecen las reglas del juego sobre los contratos a término fijo y de obra o labor determinada.
Entre el borrador de proyecto y la ponencia radicada hubo un cambio, y tiene que ver con la ampliación de tiempo máximo en el cual se puede celebrar un contrato a término fijo
Podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo por un término superior a un (1) mes y hasta por tres (3) años para atender necesidades temporales del empleador.
Este párrafo cambió, puesto que anteriormente se tenía previsto que fuera hasta por dos años. Además, aclara que estos contratos deben celebrarse por escrito y deberá quedar especificado por parte del empleador cuál es la necesidad que se debe atender y la conexión “con la duración que se establezca”.
En el papel, así se beneficia a los trabajadores que tendrán todas las prestaciones sociales, y se les blinda de ampliar esos periodos, puesto que, si el patrono requiere continuar la contratación, tendrá que vincular formalmente en un vínculo indefinido al empleado que estuvo tres años.
Sin embargo, más adelante en la redacción del mismo artículo, aparece un párrafo que tiene preocupados a varios laboralistas.
¿Precarización de contratos?
El punto clave en la discusión y las alarmas encendidas radica en que la ponencia cita lo siguiente:
Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un (1) año, las partes podrán prorrogarlo el número de veces que estimen convenientes.
De acuerdo con el exviceministro de relaciones laborales, Enrique Borda, esta posibilidad de hacer un sinnúmero de prórrogas de contratos fijo de menos de un año, significa dar una prioridad a los “contratos más precarios, que se pueden todas las veces que quieran. Preocupa la norma porque se puede convertir en un escenario para privilegiar los contratos basura”, dijo.
El gerente de la firma Borda & Asociados añadió que los empleados con esta vinculación siempre tendrán “el cuchillo en la espalda” porque, debido a la corta duración, siempre van a estar expuestos a posibles decisiones arbitrarias de los patronos.
En adición, el experto recordó que, en general, la reforma del Gobierno está bien en el principio de buscar llenar espacios necesarios en los que hay vacíos legales en vista de los cambios de la contratación laboral, pero está en duda porque se queda corta frente a la creatividad y prospectiva para tener más elementos de cara al aumento de empleos.
Otras características de estos contratos
La ponencia radicada indica que, si con 30 días antes del vencimiento del plazo pactado o la prórroga, nadie ha manifestado que se acabe el contrato, este se entenderá como renovado por el pacto inicialmente fijado.
Además, tiene un párrafo que reza de la siguiente manera:
Cuando el contrato de trabajo a término fijo no cumpla los requisitos previamente mencionados. se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral.
Con esto, se pretende dar más seguridad a los trabajadores, pero la alarma continuará encendida hasta que se explique el motivo de la decisión de permitir la prórroga de contratos fijos de menos de un año indefinidamente.









