En una comunicación dirigida a la representante Katherine Miranda, la Corte Constitucional dejó claro que la consulta popular no puede ser convocada por decreto, como ha sugerido el presidente Gustavo Petro tras la negativa del Senado.
El alto tribunal también advirtió que no existe la figura de la insistencia, es decir, no puede volver a radicarse la misma consulta en el Congreso luego de haber sido rechazada, cerrando así cualquier posibilidad de revivir el trámite por la misma vía.
La aclaración representa un fuerte revés jurídico para el Gobierno, que había planteado recurrir a mecanismos alternativos tras el hundimiento de la propuesta legislativa en el Senado.
La Corte reiteró que estos procedimientos están claramente definidos por la Constitución y deben respetarse.