La Corte Constitucional reiteró que ninguna mujer en periodo de lactancia podrá ser despedida sin previa autorización del Ministerio de Trabajo, como parte de la protección especial que ampara a las madres lactantes. El alto tribunal también exhortó al Ministerio de Hacienda a establecer incentivos tributarios para las empresas que implementen salas de lactancia en sus espacios laborales.
El pronunciamiento se dio tras revisar dos tutelas de mujeres despedidas mientras seguían amamantando, pese a recomendaciones médicas. La Corte ordenó proteger su derecho al trabajo, la estabilidad laboral reforzada y la lactancia materna, al destacar que esta última puede extenderse hasta los dos años posteriores al parto, conforme a la Ley 2306 de 2023.
Además, la Corte subrayó que las empresas deben garantizar un espacio digno para la extracción de leche materna, otorgando un descanso de 30 minutos diarios durante la jornada laboral. También exhortó al Ministerio de Salud a reglamentar las condiciones mínimas que deben cumplir estas salas.