La Corte Suprema de Justicia, a través de su Sala Civil, sentó un importante precedente sobre los límites entre la libertad de expresión y las amenazas en redes sociales, en un caso de violencia digital contra una mujer por parte de su expareja.
En su decisión, el alto tribunal determinó que los contenidos difundidos constituían actos de intimidación y estigmatización, por lo que ordenó a la empresa Meta Platforms tomar medidas inmediatas para frenar su circulación.

Entre las acciones exigidas se encuentra la eliminación de las publicaciones y la restricción de su reproducción en plataformas como Facebook, con el fin de proteger a la víctima y a sus hijos de nuevas afectaciones.
La Corte enfatizó que, aunque la libertad de expresión es un derecho fundamental, no puede ser utilizada como excusa para amenazar, hostigar o vulnerar la integridad de otras personas, especialmente en entornos digitales.
Este fallo se convierte en un referente clave en Colombia frente a la violencia en redes sociales, al establecer que las plataformas tecnológicas también tienen responsabilidad en la protección de los usuarios cuando se presentan situaciones de riesgo o vulneración de derechos.









