Solicitaban se ordenara al fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, formular acusación contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, por presuntos delitos de fraude procesal y soborno.
Este martes se supo que la Corte Suprema de Justicia negó las pretensiones del senador Iván Cepeda y el exfiscal Eduardo Montealegre contra el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia – y la Fiscalía General de la Nación.
De esta manera la Corte cofirma el falló negado por la presunta vulneración de sus derechos dentro del proceso investigativo que se adelanta contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez.
Al respecto, se resalta que los accionantes y víctimas reconocidas dentro del proceso penal, consideran vulnerados sus derechos, aduciendo que el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, actual encargado del caso aplicó las previsiones del artículo 294 de la Ley 906 de 2004 y acogió un nuevo término para completar la investigación, cuando ha debido es formular inmediatamente acusación contra el expresidente.
Con la solicitud ante la Core Suprema interpuesta por Cepeda y Montealegre buscaban que se ordara al fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia que no continúe con la actividad investigativa, sino que, por el contrario, formule acusación contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez, por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal, en un plazo razonable fijado por el juez constitucional.
Caso Uribe Corte Niega Solicitud de Ivan Cepeda y Eduardo Montealegre by David Awad on Scribd
Una vez estudiada la solicitud, la alta corporación confirmó el fallo del Tribunal que declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por los accionantes, en lo sustancial tras advertir que una petición de esa naturaleza debe ser postulada y decidida al interior del proceso penal, por lo que se incumple el principio de subsidiariedad.
El tribunal exhortó a la Fiscalía General de la Nación para que, en concordancia con el artículo 294 de la Ley 906 de 2004, en un plazo no mayor a noventa días, determine si acusa o solicita una nueva preclusión a favor de Uribe.
Para la Corte Suprema, la solicitud de amparo no cumple el requisito general de subsidiariedad, esto es, “que se hayan agotado todos los medios -ordinarios y extraordinarios- de defensa judicial al alcance de la persona afectada”.