Humberto de la Calle y Sergio Jaramillo aseguran que la medida excede lo pactado en el Acuerdo de Paz y puede generar desigualdad entre comparecientes.
La Corte Constitucional analiza una demanda presentada por Humberto de la Calle y Sergio Jaramillo, dos de los principales negociadores del Acuerdo de Paz con las Farc, contra la interpretación que ha hecho la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en relación con la inclusión de personas con responsabilidad intermedia en su sistema judicial, a través de la decisión conocida como ‘Senit 5’.
Según los demandantes, esta medida —adoptada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ)— representa una ampliación no prevista en el texto original del Acuerdo de Paz ni en la legislación que regula el funcionamiento de la JEP. En palabras de De la Calle y Jaramillo, “la necesidad de una segunda selección no fue contemplada… por lo tanto, esta práctica no solo sería inconstitucional, sino que ampliaría de forma indefinida el universo de investigados”.
La ‘Senit 5’ permite que la JEP investigue y sancione a personas que no fueron catalogadas como máximos responsables de crímenes cometidos durante el conflicto armado, lo que, según la demanda, desdibuja los criterios de selección y genera un tratamiento desigual entre los comparecientes. Mientras los máximos responsables comparecen ante la Sala de Reconocimiento de Verdad (SRVR) con la opción de aceptar cargos y beneficiarse de penas alternativas, aquellos con supuesta “responsabilidad intermedia” no tendrían el mismo margen procesal ni garantías similares, advierten los demandantes.
La Corte Constitucional aceptó revisar la demanda y asignó el estudio del caso al despacho de la magistrada Natalia Ángel. Este mismo punto ya había sido objeto de una acción jurídica presentada por el exministro Yesid Reyes, aunque en esa ocasión no fue admitida.
En respuesta, el presidente de la SDSJ, magistrado Pedro Elías Díaz Romero, envió un informe a la Corte en el que defiende las actuaciones de su Sala. En él, destaca que se han acumulado más de 7.700 expedientes de personas con participación relevante en los macrocasos que adelanta la JEP, pese a no estar clasificadas como máximos responsables. También indicó que el sistema de justicia transicional contempla medidas de reparación, régimen de condicionalidad y herramientas jurídicas como las subsalas regionales, creadas para atender casos específicos de exmiembros de la fuerza pública y terceros civiles.
Desde noviembre de 2024, la SDSJ ha emitido nueve resoluciones de renuncia a la persecución penal, 111 preclusiones de investigación, seis extinciones de sanción penal y ha remitido tres personas a la Unidad de Investigación y Acusación. Además, ha iniciado 29 incidentes de incumplimiento, los cuales podrían derivar en expulsiones del sistema por falta de colaboración o incumplimiento de compromisos.
Uno de los temas más sensibles que tendrá que resolver la Corte es si la JEP tiene el tiempo y la capacidad legal para manejar este volumen ampliado de casos antes de que expire su mandato, asunto que forma parte central del debate impulsado por los demandantes.
Este proceso podría marcar un precedente crucial sobre los límites y alcances de la justicia transicional, así como sobre la fidelidad institucional a lo pactado en La Habana.