Como parte de las medidas adoptadas frente al brote de fiebre amarilla en Colombia, el Gobierno nacional anunció que será obligatorio presentar el carné de vacunación para viajar por carretera y por vía marítima, tanto para pasajeros como para conductores y tripulantes. La exigencia fue formalizada a través de una circular del Ministerio de Transporte.
Según el documento firmado por Luis Alejandro Zambrano, director de Transporte y Tránsito, los usuarios deberán presentar el certificado de vacunación contra la fiebre amarilla al momento de adquirir tiquetes en taquillas físicas o en línea. En caso de haber sido vacunados pero no portar el carné, los viajeros deberán firmar una declaración juramentada en la que reconozcan su antecedente vacunal y asuman la responsabilidad ante un eventual contagio.
Si la persona no se ha vacunado o no cumple con los diez días requeridos antes del viaje, igualmente deberá firmar una declaración asumiendo el riesgo tanto para sí mismo como para terceros. Estas declaraciones deberán ser almacenadas durante al menos tres meses por las empresas y estarán disponibles para inspecciones de autoridades sanitarias.
Obligaciones para empresas y conductores
La circular también impone responsabilidades a las empresas transportadoras, que deberán verificar que todos sus conductores estén vacunados y porten el carné respectivo. En caso contrario, se les exigirá igualmente la firma de una declaración que certifique su inmunización.
Además, los vehículos deberán realizar paradas obligatorias en puntos de control sanitario establecidos por el Ministerio de Salud, las secretarías de salud departamentales o municipales, y permitir la labor de las autoridades en carretera.
Medidas informativas y control en terminales
En las terminales de transporte, agencias de viaje y puntos de venta se deberán implementar medidas informativas para sensibilizar a los usuarios sobre los riesgos de la fiebre amarilla, sus síntomas y recomendaciones sanitarias. Igualmente, se exigirá el carné de vacunación en el momento de la venta de pasajes o del embarque.
Transporte fluvial también entra en la norma
La medida también aplica para el transporte fluvial. El ingreso a embarcaciones estará condicionado a la presentación del certificado de vacunación o la firma de la declaración correspondiente, una exigencia que rige tanto para pasajeros como para miembros de la tripulación.