El Tribunal Superior de Bogotá declaró ilegales las interceptaciones telefónicas entre el expresidente Álvaro Uribe Vélez y su exabogado Diego Cadena, que habían sido admitidas como pruebas en el proceso que llevó a la condena de primera instancia proferida por la jueza Sandra Heredia.
El alto tribunal determinó que dichas grabaciones vulneraron el derecho a la intimidad del exmandatario, por lo que no pueden ser valoradas dentro del expediente judicial. Esta decisión constituye un giro de fondo en el proceso, al cuestionar uno de los elementos probatorios clave utilizados en el fallo anterior.
Con este pronunciamiento, la Sala deja sin piso una parte sustancial de la argumentación que sustentó la condena a 12 años de prisión domiciliaria dictada en agosto pasado, y abre la puerta a una revisión integral del caso.
El expediente vuelve ahora a ser analizado bajo la premisa de que las comunicaciones privadas de Uribe fueron obtenidas sin las garantías legales exigidas, lo que podría tener implicaciones en el desenlace definitivo del proceso.