La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) profirió este jueves la primera sentencia dentro del Caso 03, sobre asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate.
Doce exintegrantes del Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’, en Valledupar, fueron condenados a ocho años de sanciones propias —la pena más alta prevista en el Acuerdo de Paz— tras ser hallados responsables de la muerte de 135 personas entre 2002 y 2005 en los departamentos de Cesar y La Guajira.
Los condenados son cinco oficiales, cuatro suboficiales y tres soldados profesionales en retiro, entre ellos los mayores Guillermo Gutiérrez Riveros y Heber Hernán Gómez; los subtenientes Carlos Andrés Lora, Eduart Álvarez Mejía y Elkin Burgos Suárez; así como los sargentos Efraín Andrade Perea, Manuel Padilla Espitia y José de Jesús Rueda; el cabo Elkin Rojas y los soldados Yeris Andrés Gómez, Alex José Mercado y Juan Carlos Soto.
La JEP determinó dos patrones macrocriminales en este subcaso: la presentación de víctimas como guerrilleros abatidos en connivencia con frentes del Bloque Norte de las AUC, y la selección de personas en condición de vulnerabilidad, capturadas o engañadas para ser reportadas como bajas en combate.
El magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la JEP, subrayó que esta sentencia “es fundamental para avanzar en la construcción de un país mejor” y llamó a la sociedad a no caer en el negacionismo. “Estos crímenes internacionales sí existieron y quebrantaron los valores más sagrados de nuestra democracia”, afirmó.
La decisión abre el camino para las próximas sentencias en las otras cinco regiones priorizadas en el Caso 03 —Antioquia, Casanare, Huila, Norte de Santander y Meta— donde también se documentó este patrón de ejecuciones extrajudiciales.