Un juez de la República negó una acción de tutela presentada contra el decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno Nacional el pasado 22 de diciembre, con el cual el presidente Gustavo Petro quedó habilitado para expedir impuestos con fuerza de ley.
La decisión fue adoptada por el Juzgado 27 de Ejecución de Penas, que declaró improcedente la tutela y recordó que solo la Corte Constitucional tiene competencia para examinar y eventualmente tumbar este tipo de medidas adoptadas en el marco de los estados de excepción.
El fallo representa un nuevo respaldo jurídico al Ejecutivo, en medio de la controversia política y económica que ha generado el decreto, especialmente por el alcance de las facultades extraordinarias otorgadas al presidente para modificar el sistema tributario.
Tutela no es el mecanismo adecuado
La acción judicial fue presentada por la senadora Paloma Valencia, el director del partido Centro Democrático, Gabriel Jaime Vallejo, y otros ciudadanos, quienes buscaban suspender de manera inmediata los efectos del decreto mientras la Corte Constitucional entra a ejercer el control automático previsto en la Constitución.
Según los demandantes, el Gobierno habría aprovechado el período de vacaciones colectivas de la Rama Judicial para expedir impuestos sin un control inmediato del alto tribunal.
No obstante, el juez fue enfático al señalar que la tutela no puede utilizarse como una vía alterna para cuestionar la constitucionalidad de decretos de emergencia.
“Resulta evidente que la acción de tutela no puede ser utilizada como un mecanismo paralelo, alternativo o sustituto del control de constitucionalidad atribuido de manera expresa a la Corte Constitucional”, señala el fallo.

Respeto al diseño constitucional
El despacho judicial advirtió además que acceder a la solicitud de los accionantes implicaría desconocer el diseño institucional previsto por el Constituyente, tanto en el plano procedimental como en el sustancial.
“Suspender provisionalmente el decreto por vía de tutela implicaría desconocer el modelo constitucional de control de los estados de excepción”, concluyó el juez.
Con esta decisión, el decreto de emergencia económica continúa vigente, a la espera de que la Corte Constitucional retome actividades y adelante el estudio de constitucionalidad correspondiente, que definirá de fondo si las medidas adoptadas por el Gobierno se ajustan o no a la Carta Política.









