La Procuraduría General de la Nación, a través de la Delegada para la Gestión y Gobernanza Territorial, abrió actuación preventiva frente a la grave situación de afectación de derechos fundamentales que enfrenta el Pueblo Arhuaco (IKU), luego de constatar en terreno la interrupción de múltiples servicios esenciales.
Durante una visita técnica y de verificación, el Ministerio Público identificó afectaciones críticas en materia de salud, educación, alimentación, agua potable, saneamiento básico y gobernanza comunitaria, derivadas de la suspensión del registro del representante legal del pueblo Arhuaco desde el año 2021, lo que ha generado una parálisis en la ejecución de los recursos públicos y la prestación de los servicios básicos.
Entre las situaciones evidenciadas se recibió información que más de 2.000 mujeres gestantes no han podido tener accesos a atención a programas de Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) más de 5.000 niños sin garantía de alimentación diferencial, más de 500 jóvenes que no han podido ingresar a programas de becas y estudios superiores por no estar certificados, así como niños recién nacidos que no cuentan con su registro, entre otras situaciones de riesgo inminente.
En el marco de sus competencias constitucionales y legales, el órgano de control requirió a las entidades nacionales y territoriales competentes —entre ellas, los ministerior del Interior, Hacienda, Salud y Protección Social, Educación Nacional, Vivienda, Ciudad y Territorio, al Departamento Nacional de Planeación (DNP), al ICBF, las gobernaciones del Cesar, Magdalena y La Guajira y los municipios de estos departamentos con presencia del pueblo Arhuaco— para que informen las acciones inmediatas adoptadas para proteger a la comunidad y garantizar la prestación de los servicios esenciales.
La Procuraduría enfatizó que la situación identificada constituye una afectación directa al goce efectivo de derechos fundamentales, especialmente de niñas, niños, adolescentes, mujeres gestantes y adultos mayores, y que las entidades del Estado están en la obligación de garantizar, sin dilaciones administrativas, la continuidad en el acceso a la salud, la educación, el agua potable y la alimentación de las comunidades indígenas, conforme a los principios de progresividad, no regresividad y enfoque diferencial.
El órgano de control mantendrá presencia activa y permanente en el territorio y seguimiento continuo a las respuestas y actuaciones institucionales derivadas de los requerimientos, con el fin de asegurar la adopción de acciones efectivas e interinstitucionales que conduzcan a la protección integral del Pueblo Arhuaco (IKU).
La Procuraduría reiteró que la función preventiva no exime la responsabilidad de las entidades públicas y sus funcionarios, y que se continuará evaluando la pertinencia de acciones disciplinarias o de intervención si se verifica el incumplimiento de las obligaciones en la garantía de derechos de las comunidades indígenas.









