En un fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación impuso una sanción de destitución e inhabilidad general de ocho años al excontralor de Pereira, Juan David Hurtado Bedoya, por incumplir con los requisitos legales necesarios para asumir el cargo. La decisión confirma que Hurtado Bedoya se posesionó en el puesto de contralor, a pesar de estar impedido por su condición previa como autoridad administrativa en el municipio.
La Regional de Juzgamiento de Risaralda destacó que el exfuncionario había ejercido como contralor encargado dentro de los 12 meses anteriores a su elección, lo que violó el régimen de inhabilidades estipulado por la ley. Según la Procuraduría, Hurtado Bedoya no permitió que transcurriera el año de espera establecido por la normativa, lo que le habría permitido acceder al cargo de manera irregular.
El órgano de control resaltó que, con esta conducta, Hurtado Bedoya incumplió los requisitos legales para el cargo, quebrantando el principio de moralidad que debe regir la función pública. La decisión marca un precedente en la aplicación de los principios de transparencia y legalidad en el ejercicio de los cargos públicos, al confirmar la importancia de cumplir con las normativas vigentes para garantizar la integridad en la administración pública.
La sanción de destitución e inhabilidad impuesta por la Procuraduría es una clara advertencia para los servidores públicos sobre la responsabilidad de actuar conforme a las disposiciones legales que regulan el acceso y ejercicio de cargos en el Estado.