Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechaza recurso de reposición de la presidencia por incumplimiento de fallo judicial
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha decidido no aceptar el recurso de reposición presentado por la Secretaría Jurídica de la Presidencia, en relación con el incumplimiento de un fallo judicial que ordenaba el nombramiento de seis expertos en temas energéticos. La orden judicial, emitida el 25 de enero de 2024, establecía un plazo hasta el 27 de junio de 2024 para cumplir con el mandato.
La Presidencia argumentó que el Tribunal no tenía competencia para tramitar el incidente de desacato, citando disposiciones constitucionales sobre la inmunidad presidencial. Sin embargo, el Tribunal resolvió que su función se limita a asegurar el cumplimiento de los fallos judiciales sin vulnerar el fuero presidencial.
En su decisión, el Tribunal destacó que, según la Constitución, “el presidente de la República, durante el período para el que sea elegido, o quien se halle encargado de la Presidencia, no podrá ser perseguido ni juzgado por delitos, sino en virtud de acusación de la Cámara de Representantes y cuando el Senado haya declarado que hay lugar a formación de causa”. No obstante, el Tribunal enfatizó que su competencia está enfocada en la ejecución de las decisiones judiciales y no en cuestiones relacionadas con el fuero presidencial.
El incumplimiento del fallo ha generado una serie de controversias en torno al nombramiento de los comisionados de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg). Recientemente, el Consejo de Estado también anuló los nombramientos de Omar Prias y Antonio Jiménez como miembros de la Creg, lo que ha intensificado el debate sobre la gestión en el sector energético.
Con la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro se mantiene vigente, subrayando la importancia del cumplimiento de las órdenes judiciales en el ámbito administrativo y gubernamental. La Presidencia aún no ha emitido una respuesta oficial a la resolución del Tribunal.