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Inicio Colombia

Tribunal de Bogotá prohibe a De La Espriella utilizar la expresión “firmes por la patria”

Noticias BQ por Noticias BQ
9 junio, 2026
en Colombia
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Tribunal de Bogotá prohibe a De La Espriella utilizar la expresión “firmes por la patria”
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En lo que ya se perfila como uno de los choques más intensos entre el activismo político y la normativa electoral, el Tribunal Superior de Bogotá emitió un fallo contundente que desarma parte de la identidad visual y discursiva de la campaña del abogado y precandidato Abelardo de la Espriella.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a través de la Sala Segunda de Decisión Laboral y bajo la ponencia del magistrado Rafael Albeiro Chavarro Poveda, admitió una acción de tutela presentada por el ciudadano Dylan Lizarazo Ramos y decretó medidas provisionales que impactan directamente la estrategia comunicacional del movimiento político “Defensores de la Patria”.

La decisión judicial, contenida en el auto identificado con el radicado 11-001-22-05000-2026-10773-00, vincula al candidato presidencial Abelardo Gabriel de la Espriella Otero, a su fórmula vicepresidencial José Manuel Restrepo Abondano, al Consejo Nacional Electoral (CNE) y al grupo significativo de ciudadanos “Defensores de la Patria”, además de diversos medios de comunicación y plataformas digitales.

Según el documento, el Tribunal estudia una presunta vulneración de derechos constitucionales relacionada con el uso de elementos que podrían generar confusión entre la actividad política y los símbolos representativos del Estado colombiano.

En la providencia, el despacho judicial señala que la tutela busca determinar la posible afectación de prerrogativas constitucionales consagradas en los artículos 48 y 258 de la Constitución, así como en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Como medida provisional, el Tribunal ordenó que el candidato presidencial, su fórmula vicepresidencial y el movimiento político procedan a retirar material publicitario específico de sus canales de difusión.

El auto establece expresamente que, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación, deberán “RETIRAR toda aquella propaganda política que obre en su página web, medios de comunicación masiva y redes sociales” donde se utilicen determinados elementos considerados objeto de controversia jurídica.

“Tendrán que llevar preso a medio país”: Daniel Briceño

El fallo encendió de inmediato las alarmas y las redes sociales en los sectores de la oposición. Uno de los primeros en salir en defensa de De la Espriella fue el concejal de Bogotá, Daniel Briceño, conocido por su férrea fiscalización al gobierno.

Briceño no se guardó nada y calificó la medida como un acto de persecución y censura:

“La justicia tendrá que llevar preso a medio país. Es un atropello”, afirmó el cabildante, sugiriendo que la restricción del uso de frases patrióticas o de los colores nacionales es una medida desproporcionada que criminaliza el discurrir político normal.

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La orden judicial incluye la eliminación de contenidos que empleen:

  • La bandera de la República de Colombia.
  • El escudo nacional y demás figuras representativas de la Nación.
  • Imágenes alusivas a instituciones militares y policiales.
  • Saludos o emblemas representativos de entidades castrenses.
  • Las expresiones “firmes por la patria” y “Defensores de la Patria”.

La decisión tiene carácter provisional y busca evitar posibles afectaciones mientras se resuelve el fondo de la acción constitucional.

Entre los vinculados al proceso aparecen importantes medios de comunicación nacionales y compañías tecnológicas con presencia en Colombia.

El listado incluye a Caracol Televisión, Casa Editorial El Tiempo, City TV, La República, Publicaciones Semana, RCN Televisión, Meta Platforms, Facebook Colombia, X Corp., Twitter Colombia, ByteDance, TikTok Colombia Technologies, Google Colombia y Alphabet Inc., entre otras entidades.

Aunque el auto no impone directamente sanciones a estas compañías, sí las incorpora al proceso judicial debido a su papel como canales de difusión de los contenidos objeto de la controversia.

Además del retiro de la publicidad cuestionada, el Tribunal impartió instrucciones para la preservación de todo el material que sea eliminado de las plataformas digitales o espacios de difusión.

La providencia dispone que los accionados deberán “archivar, preservar y remitir al CNE la publicidad electoral retirada”, con el propósito de que dicho material pueda ser evaluado dentro de las actuaciones administrativas correspondientes.

Asimismo, la autoridad judicial ordenó a los involucrados abstenerse de volver a difundir la propaganda retirada mientras permanezcan vigentes las medidas adoptadas.

En el mismo sentido, el Tribunal dispuso que el Consejo Nacional Electoral reciba y conserve el material remitido por los accionados, de manera que pueda servir como elemento probatorio dentro de los procedimientos administrativos que se adelanten.

La decisión representa uno de los primeros pronunciamientos judiciales de alto impacto sobre el uso de símbolos patrios y referencias institucionales dentro de una campaña presidencial en curso.

Aunque la medida no constituye una decisión definitiva sobre la legalidad de la estrategia política de “Defensores de la Patria”, sí marca un precedente relevante al ordenar la suspensión inmediata de determinados elementos de propaganda mientras se analiza el fondo de la controversia.

Desde distintos sectores políticos y de opinión se han levantado voces que consideran que la medida resulta excesiva y que podría interpretarse como una restricción anticipada a la actividad  política de un candidato presidencial. Para algunos observadores, el hecho de ordenar el retiro inmediato de piezas comunicativas antes de una decisión definitiva sobre el fondo del asunto genera interrogantes sobre la proporcionalidad de la medida.

Varios comentaristas han sostenido que resulta difícil separar conceptos como patria, nación, bandera o identidad nacional del discurso político, especialmente en una contienda electoral donde los candidatos suelen apelar a valores patrióticos para conectar con los ciudadanos. En ese sentido, algunos consideran que la orden judicial podría sentar un precedente complejo para futuras campañas.

Otros líderes de opinión han ido más allá y han planteado que la decisión podría ser percibida por sectores de la ciudadanía como un intento de afectar la visibilidad de una candidatura que ha construido buena parte de su narrativa alrededor de temas relacionados con el patriotismo, la seguridad y la defensa de las instituciones.

Los cuestionamientos también se han dirigido al alcance de la orden. Analistas consultados en distintos espacios de debate público han señalado que expresiones como “Defensores de la Patria” o “Firmes por la Patria” hacen parte de consignas  políticas y no necesariamente constituyen una apropiación indebida de símbolos estatales.

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