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Inicio Economía

Aprobado proyecto de ley que define precio de la sobretasa a la gasolina

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22 de junio de 2021
en Economía
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El ponente Senador Fernando Nicolás Araujo (Partido Centro Democrático) y Efraín José Cepeda (Partido Conservador) el día lunes expusieron el informe de ponencia del proyecto que fue aprobado con 59 votos por el sí y 12 por el no, con el cual se pretende definir los precios de la sobretasa a la gasolina corriente en su tarifa general, que en municipios y distritos sea de $940 pesos y la gasolina extra de $1.314, mientras que, en Bogotá, la gasolina corriente tendría una sobretasa de $1.270 pesos y la extra de $1.775.

En la noche del lunes, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley de sobretasa a la gasolina corriente, motor extra y Acpm en último debate. Con 118 votos por el sí y 21 por el no, la iniciativa pasará a conciliación mañana, pues en la madrugada del lunes, el Senado también aprobó este proyecto de ley .

La sobretasa, que será distribuida 50% para el mantenimiento de la red vial y 50% para la red vial de los departamentos, incluido el Distrito Capital, le deja un recaudo de $2,1 billones anuales a las ciudades y departamentos, según la Comisión de Estudios del Sistema Tributario.

El Congreso de la República convocó extras para conciliar este proyecto de ley que busca resolver una inexequibilidad fallada en 2019 por la Corte Constitucional, la cual señala que en la Ley 488 de 1998, el Congreso no precisó la base gravable del tributo, sino que delegó la función en el Ministerio de Minas y Energía.

Este proyecto estableció que la base gravable de la sobretasa a la gasolina y Acpm será determinada por el volumen de venta calculado en galones. Se tendrá en cuenta el valor de referencia establecido por el Ministerio de Minas y Energía, y esto se ajustará según la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Se espera que en la jornada de hoy, se vote el proyecto para permitir que el recaudo de la sobretasa pueda seguir ejecutándose desde el segundo semestre de 2021. La Corte Constitucional ya había fijado un plazo de dos legislaturas para que el Congreso de la República defina el futuro de este impuesto.

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El proyecto
Cabe mencionar que este proyecto de ley modifica las leyes 488 de 1998 y 788 de 2002 autoriza a los municipios, distritos y departamentos para adoptar la sobretasa a la gasolina motor extra y corriente.

Según la ley, la sobretasa al Acpm será cobrada por la Nación y distribuida 50% para el mantenimiento de la red vial nacional y 50% para los departamentos incluido el Distrito Capital con destino al mantenimiento de la red vial.

“Se reitera la importancia que tiene este tributo para las entidades territoriales, siendo prioritario modificar su base gravable, no solo en cumplimiento de una orden constitucional sino a fin de tener un mayor recaudo, con el objetivo de que pueda ser invertido en los proyectos de mayor necesidad de municipios y departamentos, así como en el mejoramiento de los indicadores, y sobre todo para enfrentar las consecuencias negativas
que ha generado la pandemia por covid-19 en las finanzas territoriales”, se lee en el documento del proyecto.

Por otro lado, la base gravable, el hecho generador, la declaración, el pago, la causación y los otros aspectos técnicos serán iguales a los de la sobretasa de la gasolina, en lo que no sea expresamente definido para la sobretasa al Acpm. Este artículo entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2022.

Se especifica, que, para el caso de la sobretasa a la gasolina, los Concejos de los municipios ubicados en zonas de frontera podrán optar entre la tarifa municipal para zonas de frontera o la adopción de una tarifa diferencial de $114 por galón de gasolina corriente y de $426 por galón de gasolina extra.

En cuanto a cómo quedaría el precio de venta al público con estas variaciones, el proyecto explica que el comportamiento del precio depende principalmente de los costos de transporte del combustible. Sin embargo, la nueva propuesta prevé un crecimiento en la tarifa acorde con la variación anual del IPC. En ese
sentido, el precio de venta al público se incrementaría acorde con la inflación.

Esto quiere decir que, de implementar el artículo propuesto, el precio promedio de venta al público de la gasolina motor corriente y Acpm incrementarían en $1.000 al cabo de 5 años solo ajustando esta variable de la sobretasa a la gasolina sin prever los demás elementos para fijar el precio del combustible.

Y es que, según la información del informe de la Comisión de Estudios del Sistema Tributario Territorial, en 2019 el recaudo de la sobretasa a la gasolina ascendió a $2,1 billones, donde $1,6 billones fueron ingresos de los municipios y $500.000 millones fueron ingresos de los departamentos.

Por su parte, la sobretasa al Acpm representó ingresos por concepto de
$310.000 millones en 2019. El recaudo de la sobretasa a la gasolina ha crecido en promedio 5,9 % en términos nominales desde 2013, mientras que el total de los impuestos territoriales registra una tasa promedio de aumento de 9,3%. Y, la sobretasa a la gasolina en los ingresos tributarios de los entes territoriales ha disminuido, pasando de 8,8 % al inicio de la década a 5,7 % en 2019.

Cabe destacar, que la base gravable es “el valor de referencia de venta al público de la gasolina motor tanto extra como corriente y del Acpm, por galón, que certifique mensualmente el Ministerio de Minas y Energía, Sin embargo, esta fue declarada inconstitucional por la Sentencia C-030 de 2019 de la Corte Constitucional, toda vez que el artículo 121 de la Ley 488 de 1998 no definía con “suficiente claridad y precisión” la base gravable del tributo, dado que no se establecían claramente unos parámetros para el cálculo del valor de referencia.

D.A.

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