Un juzgado ordenó a la Dian abstenerse de iniciar, continuar o ejecutar medidas de cobro coactivo, embargos, bloqueos de cuentas, órdenes de retención o cualquier actuación ejecutiva relacionada con las liquidaciones confirmadas a la Refinería de Cartagena.
Reficar presentó una acción de tutela contra la Dian, alegando que le estaban vulnerando los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y a la libertad de empresa.
Esto debido a que la Dian podría embargar a la compañía por no pagar el IVA del 19% correspondiente a la importación del diésel y gasolina.
La medida del juzgado va hasta que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo decida “de fondo” sobre la legalidad o hasta que el despacho disponga “cosa distinta por decisión motivada”.
En la misma decisión, se ordenó a la Dian a abstenerse de emitir comunicaciones a entidades financieras tendientes al bloqueo o afectación de las cuentas bancarias del accionante, hasta que permanezca vigente la medida cautelar.









