La orden para que sea conducido a la audiencia no vulnera sus derechos.
Este lunes se conoció que los magistrados de la Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), dejaron en claro que el exdirector del DAS general retirado Miguel Maza Márquez está en la obligación de comparecer ante ese tribunal especial dentro del macro- caso que se sigue por el exterminio de la Unión Patriótica.
La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), rechazó una tutela interpuesta por Maza Márquez con la que pretendía evitar su llamado a versión voluntaria por el caso UP.
De igual forma, ratificó que de ser necesario deberá ser conducido para que responda con el fin de que aporte verdad plena, máxime cuando ya fue condenado por concierto para delinquir por la Corte Suprema de Justicia.
De acuerdo con los magistrados de la JEP las medidas ordenadas para su traslado a la diligencia no vulneran sus derechos fundamentales.
«Ante la actitud procesal asumida por Maza Márquez frente a la citación a rendir versión voluntaria, la decisión consistente en ordenar su conducción para que concurra a dicha diligencia es respetuosa del debido proceso y, además, legítima», indicó la JEP.
Según los magistrados una cosa es asistir a la versión voluntaria y otra, distinta, atribuirse o adjudicarse, a sí mismo, responsabilidad.
También señalaron que «declarar contra sí mismo es una contingencia y no una consecuencia natural de lo primero (concurrencia)».
«En la misma decisión se señala que en la JEP no existe el derecho fundamental a guardar silencio, debido a que ello impide avanzar en la consolidación de los fines de la justicia transicional y, además, puede implicar determinaciones adversas para la posición de los comparecientes«, dijo la JEP.
En consecuencia, los magistrados concluyeron que no se advierte la «transgresión de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y no autoincriminación del Maza Márquez por parte de ese tribunal».