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Inicio Colombia

MinDefensa expidió decreto que regula el uso y porte de armas traumáticas

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7 noviembre, 2021
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Plazo de 18 meses para legalización de este armamento.

El Ministerio de Defensa expidió el decreto 1417 de 2021 que regula el uso y porte de armas traumáticas, y establece un plazo de 18 meses para que los ciudadanos las legalicen.

Su uso tedrá el mismo tratamiento legal que las armas de fuego, informó el Gobierno.

Deberán ser marcadas y registradas, y también se deberá solicitar el permiso especial para el porte o tenencia ante el Departamento de Control y Comercio de Armas y Explosivos.

Los comerciantes que tengan registradas en sus balances e inventarios armas traumáticas, podrán comercializarlas en un plazo de 16 meses.

Habrá de manera obligatoria un registro de las personas que compran estas armas, con nombre, apellido y el número de la cédula de ciudadanía.

En cuanto a las empresas que adquieran este armamento deberán registrar la razón social, número de identificación tributaria NIT y nombre, apellidos y número de la cédula de ciudadanía del representante legal.

Las armas que no estén registradas, después del plazo máximo fijado por esta ley, podrán ser decomisadas por las autoridades.

Los ciudadanos que no quieran acoger la ley deberán entregar las armas sin ninguna retribución por parte del Estado.

Una vez el ciudadano entregue el arma, se diligenciará un formulario de manera voluntaria donde podrá tomar las siguientes opciones:*

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1.Entregar el arma, solicitar el marcaje y continuar con el trámite de registro y emisión del permiso de tenencia y/o porte del arma.

2.Entregar el arma voluntariamente en caso de que decida no marcarla, ni adelantar el trámite de registro y emisión del permiso.

Las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho meses.

Después de dicho proceso contarán con ocho meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte, este término se contará a partir del marcaje y registro de cada arma traumática.

Una vez recibida el arma por parte del almacén comercial de la Industria Militar, se expide un comprobante de formato con datos del arma y se genera remisión con solicitud de trabajo a la Fábrica José María Córdoba.

La Industria Militar procederá al marcaje de armas traumáticas, en el cual se debe contemplar las características de cada una de las armas, los datos de contacto del titular de la misma y el marcaje alfanumérico mediante tecnología láser en bajo relieve.

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