El Consejo de Estado confirmó la nulidad del nombramiento de Armando Alberto Benedetti Villaneda como embajador de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), con sede en Roma, Italia.
La decisión ratifica un fallo previo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, concluyendo que Benedetti no cumplía con los requisitos mínimos exigidos por la normativa para el cargo diplomático.
El fallo se fundamentó en dos requisitos clave que Benedetti no cumplió:
- Experiencia vs. Posgrado: Aunque la defensa argumentó que la trayectoria profesional de 20 años y 10 meses debía ser equivalente a un posgrado, el tribunal concluyó que no se encontró documentación suficiente que respaldara dicha experiencia.
- Dominio de Segundo Idioma: El Consejo de Estado fue enfático en que Benedetti no certificó el dominio de una segunda lengua, como lo exige el Artículo de la Resolución de . El tribunal indicó que es obligatorio certificar el dominio de otro idioma oficial de Naciones Unidas, como el inglés, o el idioma del país de destino (italiano).
La Sección confirmó que Benedetti no podía ser nombrado, “en tanto no certificó que hablaba y escribía, además del español, el idioma inglés o cualquier otro de los idiomas oficiales de Naciones Unidas, o el conocimiento del idioma oficial del país de destino, esto es, el italiano”.