El Juez Primero Especializado de Barranquilla, Hugo Carbonó, rechazó la solicitud de la defensa de Nicolás Petro que buscaba excluir del juicio la información obtenida del celular de su exesposa, Day Vásquez. La defensa alegaba vulneración al debido proceso y ruptura de la cadena de custodia.
El juez argumentó que la prueba es válida, pues la entrega del celular fue voluntaria y se trató de una declaración juramentada. Sostuvo además que no hubo manipulación de la información, ya que la técnica utilizada permite generar una “copia espejo” sin afectar el archivo original, por lo que la cadena de custodia no se vio comprometida.
Carbonó llamó la atención a la Fiscalía y a la defensa por el desorden en la presentación del material probatorio, señalando que la falta de organización generó confusión en el juzgado. “Fue un triple trabajo ordenarle las pruebas. Durante la revisión hubo una falta evidente de orden y confusión”, advirtió.
La audiencia fue suspendida debido a fallas en el servicio de energía en el Centro de Servicios Judiciales de Barranquilla, donde se adelantaba la diligencia con presencia de la fiscal del caso, Lucy Laborde, el abogado defensor Alejandro Carranza y un delegado de la Procuraduría.









