Una investigación periodística reveló que la jueza Sandra Milena Heredia Aranda, quien profirió la condena contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos, no contaba con las credenciales necesarias para ejercer como juez penal del circuito en Colombia.
De acuerdo con documentos del Consejo Superior de la Judicatura, Heredia no superó en varias oportunidades el concurso de méritos exigido por la Ley 270 de 1996 para ocupar ese cargo. Registros oficiales confirman que la funcionaria reprobó los exámenes en 2013, 2018 y 2022.
Su trayectoria en la Rama Judicial comenzó en 2014, cuando aprobó el examen para secretaria de juzgado del circuito, cargo en el que fue inscrita en carrera judicial. Dos años después solicitó y obtuvo una reclasificación de puntaje, pero nunca logró ingresar al registro de elegibles para jueces.
La legislación colombiana establece que los nombramientos provisionales en cargos judiciales no deben exceder los seis meses y que solo pueden recaer en personas que cumplan los requisitos mínimos del cargo. No obstante, para el momento en que Heredia asumió el caso de Uribe, su designación provisional ya había expirado, lo que pondría en duda la validez del fallo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha advertido que la provisionalidad indefinida puede afectar la independencia judicial, al dejar a los jueces expuestos a presiones externas.
Las revelaciones también plantean interrogantes sobre las circunstancias que rodearon la asignación del caso, pues, según fuentes consultadas por El Expediente, Heredia tendría cercanía con el exfiscal general y actual ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, declarado víctima dentro del proceso contra el expresidente.
El caso abre un debate sobre la transparencia en los nombramientos judiciales y la validez de las sentencias emitidas por funcionarios que no cumplen los requisitos legales para ejercer como jueces de la República.