El Tribunal Administrativo de Antioquia (Sala Quinta) falló en primera instancia a favor de ISA, ISA Intercolombia y Transelca, y anuló tres resoluciones expedidas por el Ministerio de Minas y Energía (Minminas) que buscaban garantizar el suministro de energía por parte de la empresa Air-e.
El Tribunal consideró que Minminas actuó sin la competencia legal correspondiente, excediendo sus funciones, ya que estas decisiones corresponden exclusivamente a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg).
La demanda fue interpuesta por las empresas de transmisión, que alegaban haber sido “privadas de los distintos mecanismos de tutela de sus derechos de crédito frente a Air-e”.
Las resoluciones anuladas habían impedido que las demandantes aplicaran medidas como:
- La limitación de suministro de energía a Air-e.
- La terminación de contratos por incumplimiento.
Los demandantes argumentaron que, al suspender la limitación de suministro, el Ministerio obligó a los agentes del mercado a mantener conectados a los usuarios de Air-e “sin recibir el pago de los cargos por el uso del STN”, incrementando así su cartera.
El Tribunal, sin embargo, negó el pago de indemnizaciones a las empresas demandantes, señalando que el restablecimiento del derecho debía buscar una orden de pago de obligaciones contractuales a cargo de Air-e (tercero vinculado), no de las entidades que emitieron los actos anulados.
Air-e emitió un comunicado anunciando que el fallo no está en firme y admite recursos legales. La empresa interpondrá las acciones necesarias para su defensa.
Air-e aclaró que:
- Las resoluciones anuladas (40307, 40359 y 40409 de 2024) solo tuvieron vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 y actualmente no producen efectos jurídicos.
- Sigue vigente la protección legal que impide limitar el suministro de energía a las empresas intervenidas por la Superintendencia de Servicios Públicos (Superservicios), conforme a la Resolución Creg 116 de 1998 y la Circular SSPD 20241000001314 de 2024.
La empresa resaltó que el mismo Tribunal declaró la legalidad de la toma de posesión de Air-e por parte de la Superservicios, validando que esta medida se ajustó a la ley en defensa de la continuidad del servicio en la región Caribe.