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Trabajo doméstico tendrá nuevas reglas: contrato escrito y registro obligatorio

Noticias BQ por Noticias BQ
15 julio, 2025
en Colombia
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Trabajo doméstico tendrá nuevas reglas: contrato escrito y registro obligatorio
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Colombia implementa el Convenio 189 de la OIT, lo que garantiza derechos laborales formales y protección para trabajadoras del hogar.

En Colombia, la reducción de la jornada laboral avanza de forma gradual desde que fue aprobada la Ley 2101 de 2021, ajustada por la Ley 2466 de 2022. Esta medida busca que los trabajadores pasen de laborar 48 horas semanales a un máximo de 42 horas, sin reducción salarial.

 

A partir del 15 de julio de 2025, la jornada bajó oficialmente a 44 horas por semana, y en 2026 se reducirá a 42 horas. Esta jornada debe distribuirse en los días laborables sin superar las 8 horas diarias, sin contar la hora de almuerzo.

 

Una de las grandes dudas que ha surgido es cómo aplica esta medida al trabajo doméstico, una labor que históricamente ha sido informal en el país.

 

¿Qué cambia con la contratación del servicio doméstico?

Según explicó el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, en entrevista con Néstor Mórales en Mañana Blu, Colombia ha suscrito el Convenio 189 de la OIT, que obliga al país a garantizar condiciones laborales formales y dignas para las trabajadoras del servicio doméstico.

 

Esto significa que los contratos verbales ya no serán suficientes. Todos los empleadores deberán tener un contrato por escrito con su empleada doméstica, incluso si es por días. Además, ese contrato deberá registrarse ante el Ministerio de Trabajo, como lo establece la reforma laboral aprobada en 2025.

 

Este requisito aplica para todos los casos, incluso si el empleador ya paga seguridad social y prestaciones sociales. Si el contrato fue verbal, se deberá diligenciar un formulario especial con las condiciones pactadas.

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A la prima también tienen derecho los trabajadores del hogar, jardineros, cuidadores de fincas, conductores de servicio familiar, niñeras y mayordomos.

¿Qué pasa si no se registran los contratos?

 

El ministro Sanguino aclaró que, aunque el registro no debe hacerse de forma inmediata, sí es obligatorio. Los empleadores tendrán un plazo de hasta 12 meses para formalizarlo, como lo permite el artículo 33 de la nueva reforma. Esto debido a que la plataforma para el registro aún no está habilitada, aunque el Ministerio anunció que estará disponible próximamente.

No obstante, las autoridades recomiendan no esperar a que esté habilitada la plataforma, sino que se formalice la relación laboral por escrito, para:

 

  • Garantizar derechos como estabilidad, prestaciones sociales, afiliación al sistema de seguridad social, vacaciones y riesgos laborales.
  • Facilitar la inspección y vigilancia por parte del Ministerio de Trabajo.

 

En caso de no contar con un contrato formal ni pruebas de la relación laboral, el empleador se expone a sanciones por incentivar la informalidad, demandas por parte de la trabajadora y presunción de incumplimiento de las normas laborales.

 

Esta medida busca, principalmente, proteger a las trabajadoras internas, quienes con frecuencia superan las 8 horas diarias de trabajo. Con la nueva normativa, se busca garantizarles condiciones justas de descanso, tiempo libre y respeto a sus derechos laborales.

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