No debe haber más dilaciones ni esperas para el cumplimiento del etiquetado frontal que deben llevar las bebidas y productos considerados alimentos altamente críticos para la salud de los colombianos, decidió el Consejo de Estado en las últimas hora.
El máximo tribunal de la justicia contenciosa administrativa le dio un plazo máximo de dos meses al Ministerio de Salud para que cumpla las nuevas normas aprobadas el 30 de julio del año pasado.
Al dar a conocer su decisión perentoria, el Consejo de Estado informó que es producto de una acción de cumplimiento presentada para que al Gobierno Nacional le ordenaran reglamentar los parámetros técnicos en el etiquetado de los alimentos críticos, es decir aquellos con excesivo contenido de grasas, azúcares, sodio y otros productos.
Explicó el Consejo de Estado que, en primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó la petición al señalar que el Ministerio de Salud había expedido la Resolución 810 del 2021, previa a la aprobación de la Ley 2120, en la que reglamentó el etiquetado de advertencia para alimentos empacados de consumo humano.
El Tribunal de Cundinamarca también respondió que la ley contra la ‘comida chatarra’ no había impuesto un límite de tiempo para el cumplimiento del etiquetado, por lo que, a su juicio, el MinSalud no la había desatendido.
El fallo fue impugnado. El demandante insistió en que la Resolución 810 era diferente a lo que había establecido la Ley 2120 y argumentó que ésta obligaba a que se diera a conocer una reglamentación en un plazo máximo de un año.
Al estudiar el caso, el Consejo de Estado tumbó la decisión del Tribunal de Cundinamarca y señaló que era un “mandato inobjetable e imperativo” para que el Ministerio de Salud reglamentara la manera como las bebidas y alimentos con cantidad excesiva de nutrientes críticos debían incluir un etiquetado frontal de advertencia a los consumidores.
Además, señala, que la ley contra la ‘comida chatarra’ sí impuso al MinSalud el plazo de un año, que empezó a contabilizarse desde la fecha de publicación de la nueva legislación.
Tras varios intentos fallidos, por el fuerte lobby en el Congreso de las empresas productoras de ‘comida chatarra’, el año pasado aprobaron la nueva normatividad. Para lograrlo, uno de los argumentos expuestos por organizaciones como Red PaPaz fueron los datos de la Encuesta Nacional de Nutrición de 2010 que arrojó que en Colombia uno de cada seis niños -el 16%- de entre 5 y 17 años tenía sobrepeso u obesidad, y en los adultos esta cifra equivalía a más del 50%.
Hoy se estima que el 25% de los menores de edad sufren problemas de obesidad y otras dificultades de salud por el consumo de estos productos.








