Una madre de la zona rural de Ibagué interpuso una acción de tutela para la construcción de un puente en el corregimiento Coello Cocora, que no ha cumplido la Administración Municipal e incluso teniendo de por medio una sentencia de la Corte Constitucional para que se construyera en el menor tiempo posible.
En la solicitud digital, la denunciante afirma que la Alcaldía retiró un puente artesanal de guadua y “dejó abandonada la construcción del puente peatonal que había empezado a construir, los habitantes de este corregimiento estamos impedidos de cruzar el rio Cocora de manera medianamente segura y nos estamos viendo obligados a exponer gravemente nuestras vidas al cruzar caminando sobre el caudaloso rio, con el agravante que cuando crece quedamos absolutamente imposibilitados de cruzarlo”, afirmó.
Sumado a esto, en el mes de agosto un juez había confirmado la orden arresto domiciliario y una multa de 15 salarios mínimos vigentes contra el alcalde de Ibagué, Andrés Hurtado, por el desacato en el fallo de la Corte Constitucional, que desde el 2020 ordenó construir un puente sobre la quebrada La Chumba, ubicada en el corregimiento de San Bernardo y Coello Cocora.
En la quebrada La Chumba, si realizaron el puente que exigía la comunidad y que fue amparado por la Corte Constitucional. Sin embargo, en el puente del río Cocora, no lo hicieron y en cambio, según la comunidad, tumbaron el puente de guadua que improvisaba un camino por encima del río.
En la mencionada sentencia, el fallo se emite para amparar y proteger los derechos fundamentales a la educación, a la vida y a la integridad de un grupo de niños que tenían cruzar un rio y una quebrada, donde ponían en riesgo sus vidas para poder ir a estudiar en esta zona, pero nunca se cumplió.
Así mismo, la sentencia rezaba que “en el término de doce (12) meses contados a partir de la notificación de esta sentencia, realice los estudios previos, el diseño, la disposición de recursos en el presupuesto y la construcción de los puentes peatonales necesarios para atravesar la quebrada La Chumba en el corregimiento de San Bernardo y el río Cocora en el corregimiento Coello Cocora, respectivamente, del municipio de Ibagué, Tolima”, lo que no sucedió en el 2021, tiempo estipulado por la corte.
De igual forma, en el numeral sexto, ordenaba a la Gobernación del Tolima que, “de acuerdo al principio de subsidiariedad, consagrado en el artículo 298 de la Constitución, deberá brindar el apoyo financiero, jurídico y técnico que requiera al Municipio de Ibagué”.
Finalmente, la denunciante espera que la solicitud de medida provisional de urgencia sea favorable para los campesinos de Coello Cocora que atraviesan el río, poniendo en riesgo la integridad de sus vidas día tras día.