En el marco de sus funciones constitucionales y legales, la Contraloría General de la República, a través de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de la Delegada para la Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo, adelanta el proceso de responsabilidad fiscal No. 2023-43675, en el cual figura como entidad afectada la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares (CREMIL).
El órgano de control precisa que el proceso de responsabilidad fiscal es de naturaleza administrativa y se rige por normas de carácter especial como la Ley 610 de 2000 y Ley 1474 de 2011.
La actuación fiscal se inició mediante Auto de Apertura No. URF1-00187 del 27 de junio de 2023 y, posteriormente, se profirió Auto de Imputación de Responsabilidad Fiscal No. URF1-0017 del 29 de enero de 2026, providencias que fueron debidamente notificadas a las partes.
Es de mencionar que los presuntos responsables en el proceso se encuentran representados a través de apoderados de confianza, quienes han tenido la oportunidad procesal de conocer todas y cada una de las decisiones, a efecto de ejercer su derecho de contradicción y defensa, en procura de los intereses de sus representados.
Así mismo, se aclara que, una vez notificadas las decisiones, estas dejan de estar sometidas a reserva frente a las partes. No obstante, la entidad mantiene la debida confidencialidad respecto de la información que hace parte del proceso, en los términos establecidos por la ley.
Sin embargo, es de aclarar que, frente a los procesos de responsabilidad fiscal, la Contraloría General de la República no suministra información de carácter confidencial que haga parte del proceso que se adelanta.
El órgano de control reitera que el auto de imputación proferido es conocido por las partes y por los terceros civilmente responsables, así como por sus respectivos apoderados. En desarrollo del proceso, se han surtido las notificaciones de las providencias que así lo requieren, se ha corrido traslado de las actuaciones correspondientes y se han atendido las solicitudes de práctica de pruebas y de nulidad, entre otras, garantizando en todo momento el debido proceso y el derecho de defensa, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Constitución Política.
A la fecha, y con posterioridad a la imputación de responsabilidad fiscal, el proceso se encuentra en etapa de descargos y análisis de los argumentos de defensa, así como en fase probatoria, previa a la adopción de una decisión de fondo.




