La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 44 del 21 de enero de 2026, con el que el Gobierno del presidente Gustavo Petro buscaba financiar el rescate de Air-e Intervenida a través de un impuesto a las empresas generadoras de energía.
La decisión de la Sala Plena deja sin efecto la contribución parafiscal del 2,5 % sobre las utilidades de las compañías generadoras y representa un nuevo revés para las medidas adoptadas bajo la emergencia económica decretada por el Ejecutivo.
Ocho magistrados respaldaron la decisión de tumbar el decreto. El magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño aclaró su voto, mientras que Jorge Enrique Ibáñez Najar no participó tras declararse impedido.
Además de eliminar el tributo, la Corte ordenó devolver o compensar los recursos que ya hubiesen sido recaudados por este concepto. La medida tendrá efectos retroactivos y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberá adelantar el proceso de devolución en un plazo máximo de seis meses.
El decreto también obligaba a generadores hidráulicos a entregar energía destinada a garantizar la operación de empresas intervenidas durante 2026.
Con esta decisión, el Gobierno pierde una de sus principales herramientas para sostener financieramente a Air-e Intervenida, intervenida desde 2024 por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
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El fallo se produce después de que la misma Corte suspendiera previamente la declaratoria de emergencia económica que servía de base jurídica para estas medidas extraordinarias.
Ahora, queda la incertidumbre sobre cómo el Ejecutivo enfrentará la crisis financiera y operativa del servicio eléctrico en la región Caribe tras la caída definitiva del llamado “tributo energético”.









