El martes 17 de agosto se reanudan los vencimientos de la declaración de renta para personas naturales en Colombia, la fecha que se indica en el calendario tributario corresponde al día límite.
El martes lo deben hacer las personas con NIT o número de cédula terminada en 09 y 10. El miércoles, las personas cuyo documento termine en 11 y 12. El jueves le corresponde a la terminación 13 y 14 y el viernes a los 15 y 16.
Para la declaración de renta del año 2020, debe estar inscrito en el RUT, actualizar su información, tener cuenta en la DIAN y firma electrónica. El proceso lo puede hacer antes de la fecha límite de su documento.
Tenga en cuenta que declarar renta no significa que deba pagar, eso se define con los resultados de la declaración. Y contemplar la Unidad de Valor Tributario (UVT), que fue de $35.607 en 2020.
Debe declarar si cumple con alguno de los siguientes puntos:
- Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT ($160.232.000) a 31 de diciembre de 2020.
- Si recibió ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
*. Haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) en el 2020.
- Si realizó compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT ($49.850.000) durante el año 2020.
- Haber recibido consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT ($49.850.000) en el año 2020.
- Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2020.