La Corte Constitucional, de manera unánime, declaró ajustada a la Constitución la Ley 2385 de 2024, conocida como la norma que elimina las corridas de toros en el país. Con esta decisión, se prohíben también el rejoneo, las novilladas, becerradas y tientas, así como prácticas relacionadas como las cabalgatas, los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos.
La Sala Plena respaldó el enfoque de bienestar animal como un valor superior, reafirmando que la dignidad y la vida de los animales deben prevalecer sobre tradiciones que implican maltrato y sufrimiento.
El fallo pone fin a años de debate sobre estas expresiones, enfrentando a quienes las defendían como manifestaciones culturales frente a los sectores que reclamaban su eliminación por constituir actos de crueldad.
Con esta determinación, la Corte marca un precedente histórico que redefine el compromiso institucional del país con la protección de los animales y transforma de raíz la relación cultural con estas prácticas.