La Corte Constitucional, con la participación de tres conjueces, decidió ayer endurecer sustancialmente las condiciones para que los trabajadores que están en un fondo privado puedan trasladarse a Colpensiones.
La decisión de la Corte Constitucional, que será pública en los próximos días, contradice una determinación de la Corte Suprema de Justicia que reconocía el derecho de los trabajadores para migrar del régimen privado de ahorro simple al régimen de prima media de Colpensiones.
Recordemos que los fondos privados pagan una pensión basada en los ahorros de los trabajadores.
En la mayoría de los casos este ahorro termina convertido en una asignación mensual de dos salarios mínimos, sin importar el ingreso que la persona devengara durante su vida laboral, y con el tiempo se va reduciendo hasta convertirse en un triste salario mínimo.
En este momento solo pueden cambiarse de un régimen (valga decir de los fondos privados a Colpensiones porque la ruta contraria es bastante improbable) las mujeres antes de cumplir 47 años y los hombres antes de cumplir 52. Es decir 10 años antes de llegar a la edad de jubilación.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia había revisado una tutela de una trabajadora que pedía que fuera anulado su cambio a un fondo privado porque no había tenido suficiente información en el momento de tomar la decisión y por consiguiente se había ido a un fondo privado que le pagaba únicamente el 69 por ciento del ingreso que tenía al concluir su vida de trabajo, contra el 90 por ciento que recibiría si estuviera en el régimen de prima media, es decir en Colpensiones.
La Corte Suprema de Justicia determinó que la jubilada no había tenido información suficiente, o incluso que había recibido información engañosa, para dejar el antiguo régimen y pasarse al privado con la cual había afectado su pensión. En consecuencia abrió la puerta para que se anulara el traslado y esa tutelante –y como ella millones de trabajadores– pudieran volver al sistema de prima media que mejora sustancialmente su ingreso.
La determinación llegó a la Corte Constitucional para revisión. La discusión terminó ayer con la conclusión de que el regreso a Colpensiones se endurecerá para los potenciales jubilados.
Es decir que menos personas que se hayan cambiado al régimen privado podrán volver al de prima media a pesar de haber recibido información insuficiente y engañosa para hacer el cambio.
Los conjueces que tomarán la decisión son Jaime Humberto Tobar, constitucionalista y experto en derecho financiero; Antonio Barreto Rozo, también constitucionalista profesor de la Universidad de los Andes; y el exministro de Hacienda Juan Camilo Restrepo.
Esta es quizás la primera vez en que la Corte Constitucional termina siendo más conservadora que la Corte Suprema de Justicia en la revisión de una decisión. Usualmente la Constitucional asumía posiciones más liberales, y pro-trabajador, que la Suprema.