La Corte Constitucional declaró inexequible el decreto emitido por el gobierno de Iván Duque, en el que se reglamentó la elección de los representantes para ocupar las Circunscripciones Especiales de Paz, en la Cámara de Representantes.
El alto tribunal tomó la decisión por vicios de procedimiento en el trámite, pues los magistrados determinaron que este decreto aborda temas que deben ser reglamentados por medio de una ley estatutaria.
“Por lo tanto, el tribunal advirtió que el presidente de la República omitió el deber constitucional de enviarle automáticamente a la Corte ese decreto con el fin de que se realizara el control previo, integral y definitivo que le corresponde a ese tipo de normas”, dice el comunicado del tribunal.
Los argumentos de la Sala Plena se fundamentaron en recalcar que el Presidente tiene la obligación de remitir las decisiones que tengan connotación estatutaria a la Corte para realizar el respectivo proceso de revisión, además de que fueron ignorados otros aspectos fundamentales.
“La Sala Plena optó por una decisión que preservara la estructura constitucional del sistema de fuentes y de las correlativas competencias de control judicial”, concluye el documento.
Los magistrados aclararon que esta determinación no afecta la elección de los representantes actuales en las circunscripciones especiales de paz, ni el proceso de las curules que se realizarán en 2026.
“Esta providencia no afecta la voluntad democrática expresada en la elección de las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para el periodo 2022-2026, ni la elección de esas curules que deberá ocurrir con base en lo previsto en el Acto Legislativo 2 de 2021 (en el año 2026)”, resalta la Corte.
El alto tribunal exhortó al Gobierno Nacional que estructure nuevamente la iniciativa y pidió al Congreso que emita las regulaciones pertinentes teniendo en cuenta los aspectos que contendrá la sentencia que aún no se publica.









