Tal como lo ha venido advirtiendo el Ministerio de Transporte en los últimos meses, a partir de hoy 22 de junio, las personas cobijadas por la Ley 2161 de 2021 que no hayan renovado su licencia y estén conduciendo, serán sancionadas por la autoridad de tránsito y transporte, mediante la imposición de un comparendo y la inmovilización del automotor, conllevando a una multa de aproximadamente $310.000, más los gastos de inmovilización del vehículo que se generen.
A la fecha, se han renovado cerca de 916.047 licencias de conducción.
A pesar de las prórrogas que se han dado para realizar el trámite, desde el Ministerio se confirma qué no se puede ampliar el plazo de renovación, ya que la Corte Constitucional mediante Sentencia C-261 del 13 de julio de 2022, declaró inexequible el plazo de 2 años concedido por el artículo 11 de la Ley 2161 de 2021, difiriendo los efectos que surtiría tal declaratoria hasta el 20 de junio de 2023.
Esto significa que el plazo máximo para para renovar la licencia de conducción sin sanciones fue hasta ayer 20 de junio de 2023.
Los ciudadanos que deben renovar las licencias son aquellos que en su documento aparezca la fecha de expiración como indefinida o no tengan fecha de vencimiento estipulada, y todas aquellas cuya fecha de vencimiento fuese antes del 20 de junio de 2023.